Boletines/Tandil
Decreto Nº 261/2020
Tandil, 03/02/2020
Visto
El Decreto N° 1727/2016, que establece los valores a liquidar en concepto de viáticos y reintegros de gastos
Considerando
Que resulta pertinente actualizar los valores fijados a través del decreto referido.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1° : Modifícase el inciso I de “REINTEGRO DE GASTOS” del artículo 2° del Decreto N° 1727/2007, que quedará redactado de la siguiente forma:
“REINTEGRO DE GASTOS
Criterio General: Cuando el agente comisionado deba pernoctar en el lugar donde realice la comisión de servicio encomendada, tendrá derecho a solicitar el reintegro del valor abonado en concepto de alojamiento hasta la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000,00), por noche, en concepto de cochera hasta la suma de Pesos un mil ($ 1.000,00) por día y en concepto de gastos de traslado interno hasta Pesos ochocientos ($ 800,00) por día, en todos los casos mediante la presentación de los respectivos comprobantes.”
Artículo 2° : Modifícase el inciso III de “DISPOSICIONES GENERALES” del artículo 2° del Decreto N° 1727/2007, que quedará redactado de la siguiente forma:
DISPOSICIONES GENERALES
Fíjase en Pesos dos mil doscientos ($ 2.200,00) el valor del viático para los agentes que deban realizar comisiones de servicios fuera del partido de Tandil.”
Artículo 3°: Derógase el Decreto N° 214/2019
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el secretario de Economía y Administración.
Artículo 5° : Regístrese, comuníquese, pase a todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo, Presidencia del Sistema Integrado de Salud Pública, Contaduría General, Tesorería Municipal y oportunamente archívese.
Firma Digital: Claudio Alberto Biset (secretario) - Miguel Angel Lunghi (intendente)
Secretaria de economía y administración - Intendencia