Boletines/Tandil

Decreto Nº158/2020

Decreto Nº 158/2020

Tandil, 22/01/2020

Visto

La Licitación Privada N° 74-02- 19 “Extensión de la red de gas natural en zonas varias VII – B° Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil”.

Considerando

Que mediante Decreto N° 4155/2019 se procedió al llamado de la presente Licitación, fijándose el Presupuesto Oficial en Pesos tres millones novecientos cinco mil ciento cinco ($ 1.402.296,00).

 

Que el 03 de diciembre de 2019 se llevó a cabo el Acto de Apertura en presencia de los funcionarios habilitados a tal efecto, procediéndose a la apertura de la única oferta presentada por la firma Salvi Osvaldo y Salvi Pablo S.H.

 

Que la Comisión de Preadjudicación en virtud del Artículo 27° ha emitido informe sugiriendo a la propuesta presentada por la firma Salvi Osvaldo y Salvi Pablo S.H. por Pesos ochocientos setenta y dos mil trescientos veinticinco ($ 872.325,00) por ser inferior al presupuesto oficial y considerarse económicamente razonable.

 

 

Que al tratarse de una Licitación Privada con una única oferta, debe ser elevada al Honorable Concejo Deliberante a los efectos de su autorización.

 

Que el Honorable Concejo Deliberante ha emitido Dictamen de Comisión el 20 de enero de 2020 autorizando al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta presentada por la firma Salvi Osvaldo y Salvi Pablo S.H.

 

Que al respecto se ha expedido el Director de Compras y Suministros, la Contadora General y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1°: Adjudicase la Licitación Privada N° 74-02-19 “Extensión de la red de gas natural en zonas varias VII – B° Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil” a la firma Salvi Osvaldo y Salvi Pablo S.H., CUIT: 30-70939919-1; por la suma total de Pesos ochocientos setenta y dos mil trescientos veinticinco ($ 872.325,00).

 

Artículo 2º: La erogación a realizarse será imputada a la Partida que indique la Dirección de Presupuesto.

 

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de

Economía y Administración, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General, Dirección de

 

Presupuesto y oportunamente archívese.

 

Firma digital: Luciano Maria Lafosse                       -                    Juan Pablo Frolik (Intendente interino)

                        Secretario                                            -                                     Intendencia

Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas