Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 16805/2020
Tandil, 03/01/2020
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase a las empresas adjudicatarias de los Servicios de Transporte Urbano de Pasajeros emergentes de la Licitación 06-01-09, Ordenanza 11639/09, Ordenanzas 11723 (Línea 500), 11724 (Línea 501), 11725 (Línea 502), 11726 (Línea 503), 11727 (Línea 504) y 11728 (Línea 505), todas prorrogadas por Ordenanza 16762, a prestar servicios de verano durante el primer trimestre del año 2020 a partir de la promulgación de la presente, con la siguiente frecuencia y horarios:
ARTÍCULO 2º: Queda el prestador autorizado a realizar mayor número de frecuencias por hora a razón de mejorar la atención de la demanda.
ARTÍCULO 3º: Lo mencionado en el artículo primero, no implica la modificación de las demás frecuencias establecidas fuera del horario mencionado en la presente Ordenanza, comprendidas en los incisos 1 a 6 del Artículo 2 del Anexo II de la Ordenanza 11.639.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS TRES DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTE.
Registrada bajo el Nº 16805
REF: Asunto Nº 393/2019 Expte. Nº 2020/00163/00
Firma: DIEGO. A PALAVECINO (Secretario del H.C.D.) – JUAN PABLO FROLIK (Presidente del H.C.D.)