Boletines/Tandil
Decreto Nº 4988/2019
Tandil, 27/12/2019
Visto
La necesidad de continuar con la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE); y
Considerando
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico y la firma digital, estableciendo las características de la infraestructura de Firma Digital.
Que la Resolución 2019-73-APN-SECMA-JGM, autoriza al Municipio de Tandil a cumplir las funciones de Autoridad de Registro Certificante AC MODERNIZACIÓN - PFDR.
Que mediante Ordenanza N° 16.367 se aprobó la implementación gradual de la digitalización de expedientes.
Que todos los documentos que formen parte de un expediente electrónico tendrán que ser previamente generados en forma electrónica a través de los módulos de Comunicaciones Oficiales (CCOO), Generador ELECTRÓNICO de Documentos Oficiales (GEDO), EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE), o bien, si existieran en papel u otro formato, deberán ser digitalizados a través de GEDO.
Por todo ello y en el uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1º: Establécese la interrupción del Registro de Decretos y de Resoluciones en soporte papel que indica el art. 99 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas por parte del área de DESPACHO, a partir del 31 de diciembre del 2019.
Artículo 2º: Dispóngase que los responsables del área de DESPACHO del Municipio de Tandil deberán cerrar los registros de los actos administrativos instrumentados en soporte papel al 31 de diciembre de 2019 y deberá informar mediante el módulo de COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO) a la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, el último número asignado a dichos actos administrativos obrante en sus respectivos registros.
Artículo 3°: Se establece la obligatoriedad a partir del 1° de Enero del 2020 para todas las Secretarías que integran la Administración Central, y el Sistema Integrado de Salud, de crear a través del Generador Electrónico de Documentación Oficial, los DECRETOS (DECTO) y RESOLUCIONES (RESOL), los cuales deberán ser firmados digitalmente, produciendo los mismos efectos jurídicos a los que producían sus versiones impresas.
Artículo 4°: El área de INTENDENCIA- SECRETARIA PRIVADA del Municipio de Tandil será el encargado de enviar los DECRETOS y las SECRETARIAS las RESOLUCIONES originadas en cada una de ellas, a la Secretaría de Legal y Técnica para su posterior publicación en el Sistema de Boletines Oficiales Municipales (SIBOM).
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, y archívese.
Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, Presidencia y Vicepresidencia del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado y oportunamente archívese.
Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Jefe de Gabinete de Secretarios) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)