Boletines/Tandil
Decreto Nº 164/2020
Tandil, 20/01/2020
Visto
Las solicitudes presentadas por distintos contribuyentes referidas al recálculo del valor de la Tasa Retributiva de Servicios y sus contribuciones asociadas.
Considerando
La facultad que posee el Departamento Ejecutivo para liquidar la Tasa Retributiva de Servicios y sus contribuciones asociadas, establecida por el artículo 70º de la Ordenanza Fiscal y normas concordantes. El informe realizado por la Dirección de Rentas y Finanzas.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Procédase a modificar los importes de las cuotas de la Tasa Retributiva de Servicios y contribuciones asociadas, según corresponda a cada caso, de acuerdo al detalle por tasa, año, cuota, cuenta e importe, que como Anexo forma parte del presente.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Eduardo Raúl Moyano – Subsecretario – Subsecretaría de Economía y Administración – Secretaría de Economía y Administración – Juan pablo Frolik – Intendente Interino – Intendencia.