Boletines/Tandil

Decreto Nº5057/2019

Decreto Nº 5057/2019

Tandil, 30/12/2019

Visto

La información suministrada por la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M. respecto de los consumos de energía efectuados por distintos clubes durante el período comprendido entre Octubre y Diciembre de 2019; y

Considerando

El artículo 10º de la Ordenanza Nº 12130.

El informe efectuado por el Director de Presupuesto y la Contadora General.

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos ciento cuarenta y siete mil ciento sesenta y ocho con ochenta y un centavos ($ 147.168,81)de acuerdo al siguiente detalle, en concepto de subsidioscon cargo de rendición de cuentas, por consumos de energía efectuados durante el período comprendido entre Octubre y Diciembre de 2019, en el marco de lo dispuesto por el artículo 10º de la Ordenanza Nº 12130:


 

Institución

Pers. Jur.

Octubre

Noviembre

Diciembre

Importe Total

CLUB INDEPENDIENTE DE TANDIL

4062

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB DEFENSORES DE BELGRANO

1592

$1.791,49

$ 2.423,44

$ 2.388,65

$   6.603,58

SOC. DE FOM. UNIÓN Y PROGRESO y BIBLIOTECA D. F. SARMIENTO

1203

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB ATLÉTICO GIMNASIA Y ESGRIMA

1870

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

UNCAS RUGBY CLUB

2372

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB LOS 50

3661

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CENTRO NÁUTICO DEL FUERTE

6932

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

LOS CARDOS RUGBY CLUB

1207

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB Y BIBLIOTECA DEFENSA TANDIL

4431

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB DEFENSORES DEL CERRO

29933

$3.478,62

$ 2.324,88

$ 2.475,62

$   8.279,12

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO SANTAMARINA

17833

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB S. Y D. JORGE NEWBERY

2040

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA FERROCARRIL SUD

7564

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO TALLERES

1888

$ 2.382,85

$ 2.214,72

$ 2.458,22

$   7.055,79

TANDIL AUTO CLUB

1156

$3.478,62

$3.478,62

$3.478,62

$ 10.435,86

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                   $ 147.168,81

 

Artículo 2º: Las entidades beneficiarias de los subsidios dispuestos en el artículo precedente deberán presentar en la Contaduría General, previo al pago y en caso de corresponder, la rendición de cuentas del pago inmediato anterior, en cumplimiento del artículo 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Artículo 3º: Las erogaciones respectivas se imputarán a la partida 5.1.7.0. “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 16 – Desarrollo Deportivo, Actividad 02 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente.

 

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente archívese.

 

Firma: Dr. MIGUEL LUNGHI (H) (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)