Boletines/Tandil
Decreto Nº 5012/2019
Tandil, 30/12/2019
Visto
Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008
Considerando
Que por acta Nº 14100 de fecha 11 de marzo de 2019, se ha comprobado el cese de la actividad económica del local sito en Chieno Nº 202 con fecha de cese del 11 de marzo de 2019, cuyo titular es Santana Miguel Mariano, sin que el mismo haya cumplido con la obligación fiscal de tramitar las baja respectiva (habiendo sido intimado).
Que de la documentación obrante surge que ha iniciado actividad bajo el código de rubro “Elaboración de productos alimenticios n.c.p.”, con fecha de inicio de actividades 1 de agosto de 2018.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Dese de baja de oficio, como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación:
Titular: |
Santana Miguel Mariano |
Domicilio Comercial: |
Chieno Nº 202 |
CUIM Asignado: |
20-34173330 |
Cuenta TUAE |
31080/000 |
Rubro: |
154990- Elaboración de productos alimenticios n.c.p. |
Fecha Cese de Actividad: |
11 de marzo de 2019 |
Artículo 2°: Intímase al contribuyente para que dentro de los diez (10) días de notificado, realice las declaraciones juradas que se encuentren pendientes, de corresponder, y abone los gravámenes adeudados hasta la fecha de la comprobación del cese de actividades, con más los intereses y multas previstos en el artículo 43º de la Ordenanza Fiscal vigente y decretos reglamentarios. Cumplido dicho trámite se procederá a la determinación, liquidación y certificación de la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas a fin de iniciar proceso de ejecución judicial de la misma.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, determinará y liquidará la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas, Unidad de Habilitaciones, Dirección de Rentas y Finanzas quien certificará la deuda mencionada, Dirección General de Inspección y Habilitaciones quien realizará el retiro de certificado de habilitación de corresponder, y oportunamente archívese.
Firma: Cr. CLAUDIO A. BISET (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)