Boletines/Tandil
Decreto Nº 4900/2019
Tandil, 19/12/2019
Visto
La Licitación Pública Nº 21-01-19 “Pavimentación de once (11) cuadras en sector urbano de Tandil”;
Considerando
Que mediante Decreto Nº 2673/2019 se procedió a la adjudicación a la firma Galizio Construcciones S.R.L.
Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 73° menciona las condiciones de redeterminación de precios.
Que el Decreto N° 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires y la Resolución 217/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos reglamentario de aquel, prevé que los contratistas podrán optar por solicitar adecuaciones provisorias sucesivas y una redeterminación al final del contrato o solo ésta última.
Que la firma Galizio Construcciones S.R.L. ha presentado la solicitud de adecuación provisoria de precios N° 2 al mes de septiembre de 2019, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.
Que el Director de Pavimentación y Desagües Pluviales ha emitido informe indicando que el avance de obra se encuentra dentro del plazo previsto.
Que conforme la normativa respectiva a adecuación de precios de obra, en el mes de agosto se produce una variación en los precios de los insumos principales superior al cinco por ciento (5 %).
Que el área Gestión de Proceso ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir de los certificados correspondientes al mes de septiembre de 2019 en seis con cuarenta y uno por ciento (6,41 %).
Que ha tomado intervención la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º:Adecúase el valor de la Licitación Pública N° 21-01-19 “Pavimentación de once (11) cuadras en sector urbano de Tandil” adjudicada a la firma Galizio Construcciones S.R.L.a la suma total de Pesos veintidos millones setecientos veintitres mil con seiscientos setenta con once centavos ($ 22.723.670,11).
Artículo 2º:Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la adecuación N° 2 en Pesos un millón trescientos sesenta y ocho mil seiscientos doce con cuarenta y siete centavos ($ 1.368.612,47).
Artículo 3º:El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición N° 1 inclusive correspondiente al mes de septiembre de 2019.
Artículo 4º: La erogación a producirse será apropiada a la partida 4.2.2.0 “Construcciones en bienes de dominio público”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.05. – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Programa 23 – Infraestructura Vial Urbana, Proyecto 75 – Pavimentación, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Arq. LUCIANO LAFOSSE (Secretario de Planeamiento y Obras Públicas) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)