Boletines/Tandil

Decreto Nº4895/2019

Decreto Nº 4895/2019

Tandil, 19/12/2019

Visto

Los contratos de extensión extra laboral de tareas, suscriptos con el objeto de desarrollar aplicaciones necesarias para distintas áreas del Municipio, y el mejoramiento de la infraestructura de comunicaciones mediante los cuales se convino otorgar a los agentes de la Dirección de Sistemas Informáticos, una bonificación temporaria nominativa fija remunerativa no bonificable (clausula tercera).


 

 

 

Considerando

Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Presupuesto, y Contaduría General.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Ordénese el pago a los agentes de la Dirección de Sistemas Informáticos que se mencionan a continuación, una bonificación nominativa fija remunerativa no bonificable estipulada en la clausula tercera de los contratos de extensión extra laboral de tareas adunados al presente, con retroactividad al 1° de Septiembre de 2019 y hasta el 28 de Febrero de 2020, en razón de las necesidades que surgen en la nombrada Dirección:

N° legajo

Nombre y Apellido

 

9752

Pablo Tomás Montoya             $    60.480,00            

9589

Germán Unzue                         $    70.560,00     

 

9959

Pérez Hugo                              $    60.480,00

 

7308

Fabián Esteban Salcedo           $    64.260,00

 

7309

Luisa Taladriz                          $    64.260,00

 

6929

Gladys Raquel Gavarrino        $   100.080,00

 

12384

María Teresa Lemble               $    60.480,00

 

Artículo 2°: Autorizase a la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, a remitir mensualmente, en el mismo periodo que el establecido para la liquidación de presentismo (art. 7 del Decreto n° 1579/08), el avance de las tareas realizadas en el proyecto referenciado, a los fines liquidatorios.

Artículo 3°: El egreso respectivo impútese a la partida 1.1.3.7 “Adicional Especial Remunerativo No Bonificable por Tareas Especiales”, dentro de la clasificación institucional 1. –Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. –Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 – Secretaría de Gobierno, Actividad 01 –Administración de Gobierno, Subactividad 02 – Modernización del Estado, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.

Artículo 4°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por la Dirección de Sistemas Informáticos, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma: Dr. MIGUEL LUNGHI (H) (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)