Boletines/Tandil

Decreto Nº4846/2019

Decreto Nº 4846/2019

Tandil, 16/12/2019

Visto

El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Tandil y Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires para la ejecución de la obra “ESTACION TRANSFORMADORA II TANDIL INDUSTRIAL”, convalidado por Ordenanza Nº 16304.


 

 

 

Considerando

Que mediante cláusula primera de dicho convenio la Provincia de Buenos Aires se comprometió a otorgar al Municipio de Tandil, a través del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en concepto de subsidio, hasta la suma de Pesos sesenta y siete millones doscientos seis mil cuatrocientos setenta y dos con setenta y tres centavos ($  67.206.472,73)  destinada a financiar la ejecución de la obra “Estación transformadora II Tandil Industrial”.

Que posteriormente, en fecha 25 de septiembre de 2018, la Municipalidad de Tandil suscribió un contrato de cesión de posición contractual de dicho convenio, con la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M., conjuntamente con un convenio de indemnidad en razón del mismo.

Que mediante expediente 9726/01/19 la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M., solicitó al Municipio la transferencia de la suma de $ 10.692.987,50 transferida por la Provincia de Buenos Aires a la Municipalidad de Tandil en el marco de lo dispuesto en la cláusula cuarta del Convenio referido

Que al respecto se ha expedido el Director de Presupuesto y la Contadora General.

 

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago a favor de la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M. –por la suma de Pesos diez millones seiscientos noventa y dos mil novecientos ochenta y siete  con cincuenta centavos ($ 10.692.987,50), en el marco del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Tandil y Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires para la realización de la obra “ESTACION TRANSFORMADORA II TANDIL INDUSTRIAL”, convalidado por Ordenanza Nº 16304.

Artículo 2º: La erogación respectiva se imputará a la partida 5.2.6.0. “Transferencias a Empresas Privadas”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.11. – Jefatura de Gabinete, Actividad 01 – Administración de Jefatura, Subactividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de Financiamiento 132 – Recursos Afectados  de Origen Provincial, Rubro de Afectación 22.5.01.40.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete de Secretarios.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración,  Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma : Ing. OSCAR TERUGGI (Jefe de Gabinete de Secretarios) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)