Boletines/Tandil

Decreto Nº4789/2019

Decreto Nº 4789/2019

Tandil, 12/12/2019

Visto

La renovación del contrato de locación suscripto con Geraldina Anton, Estudio Inmobiliario, en representación del Sr. Héctor Adolfo Tisseira – DNI 12.063.146, sobre el inmueble de su propiedad ubicado en la calle Independencia 2062, con destino al funcionamiento del Centro Comunitario San Cayetano, por el término de dos (2) años contados a partir del 1º de octubre de 2019.


 

 

 

 

 

Considerando

 Que al respecto se han expedido la Dirección de Asuntos legales, la Secretaría de Economía y Administración por las áreas técnicas, la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Procédase a la renovación del contrato de locación  suscripto con Geraldina Anton, Estudio Inmobiliario, en representación de del Sr. Héctor Adolfo Tisseira – DNI 12.063.146, sobre el inmueble ubicado en la calle Independencia 2062, con destino al funcionamiento del Centro Comunitario San Cayetano, por el período comprendido entre el 1º de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2021, en la suma total de Pesos cuatrocientos catorce mil ($  414.000,00).

Artículo 2º: Por la locación dispuesta, los pagos se harán efectivos mensualmente de acuerdo al siguiente detalle:

  • 1º de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020            $   15.000,00
  • 1º de octubre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021            $   19.500,00

Artículo 3º: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partidas 3.2.1.0. “Alquiler de Edificios y Locales”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal No Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 05 – Centros Comunitarios, del Presupuesto de Gastos vigente y a ser en los ejercicios 2020 y 2021.

Artículo 4º: Elévese el presente al Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Jefatura de Gabinete de Secretarios para su elevación al Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 4º, Contaduría General, Dirección de Presupuesto, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Patrimonio, Dirección de Rentas y Finanzas, y vuelva para su archivo a Contaduría General.

Firma: ALEJANDRA ELIZABETH MARCIERI (Secretaria de Desarrollo Social) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)