Boletines/Tandil

Decreto Nº5100/2019

Decreto Nº 5100/2019

Tandil, 30/12/2019

Visto

La información suministrada por C.R.E.T.A.L. respecto de los consumos de energía efectuados por distintos clubes del área rural durante los meses de Septiembre a Noviembre de 2019; y

Considerando

El artículo 10° de la Ordenanza N° 12130.

El informe efectuado por el Director de Presupuesto yla Contadora General.

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos veintidós mil dos con cincuenta centavos($ 22.002,50), de acuerdo al siguiente detalle, en concepto de subsidios con cargo de rendición de cuentas por consumos de energía efectuados durante los meses de Septiembre a Noviembre de 2019, en el marco de lo dispuesto por el artículo 10° de la Ordenanza N° 12130:

Institución

Pers. Jur.

Septiembre

Octubre

Noviembre

Total

ASOC. CIVIL DEP. PJE. RURAL, LA PATRIA

38505

$478,91

$    453,92

$    645,48

$ 1.578,31

CLUB FERROVIARIOS, GARDEY

10095

$1.810,84

$2.180,80

$ 1.634,05

$ 5.625,69

CLUB M. MORENO

9993

$129,10

$    179,07

$   174,90

$483,07

CLUB SOCIAL, VELA

2368

$ 2.917,92

$ 2.552,51

$ 2.160,23

$ 7.630,66

CENTRO SOCIAL VELENSE

7070

$ 2.436,78

$ 2.436,78

$ 1.811,21

$ 6.684,77

 

 

 

 

TOTAL

$ 22.002,50

 

Artículo 2°: Las entidades beneficiarias de los subsidios dispuestos en el artículo precedente, deberán presentar en la Contaduría General, previo al pago, la rendición de cuentas del pago inmediato anterior, en cumplimiento del artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 3°: Las erogaciones respectivas se imputarán a la partida 5.1.7.0. “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 16 – Desarrollo Deportivo, Actividad 02 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

 

Firma: Dr. MIGUEL LUNGHI (H) (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)