Boletines/Tandil
Decreto Nº 4661/2019
Tandil, 09/12/2019
Visto
Las solicitudes de exención de pago de la tasa de Servicios Sanitarios presentadas durante el ejercicio 2019.
Considerando
que según el art. 106º c) de la Ordenanza Impositiva vigente las empresas radicadas en el Parque Industrial, que tengan instalado el medidor de consumo de agua, quedan exentas del pago del valor fijo que establece la fórmula de cálculo de la tasa de Servicios Sanitarios, abonando solamente el importe equivalente al consumo.
Lo informado al respecto por la Dirección de Rentas y Finanzas.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Prorrógase hasta el 30 de diciembre de 2020, las exenciones parciales otorgadas a las empresas ubicadas en el Parque Industrial de Tandil detalladas en el Anexo I que forma parte del presente Decreto, del pago de la Tasa por Servicios Sanitarios, que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2019. El beneficio sólo alcanza al valor fijo que establece la forma de cálculo de la tasa.
Artículo 2º: La Dirección de Obras Sanitarias evaluará mediante inspección si cada empresa beneficiaria, cumple con los requisitos exigidos. Si no corresponde el beneficio por rotura del medidor u otras razones, se retrotraerá la deuda a su valor original con más los recargos previstos por la Ordenanza Fiscal.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.
Artículo 4º: Regístrese, tomen conocimiento la Secretaría y de Economía y Administración. Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección General de Obras Sanitarias, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Lic. DANIEL BINANDO (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)