Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 563/20
General Pueyrredon, 08/04/2020
Visto
lo solicitado por Expediente Nº 838-P-2010, y
Considerando
Que la agente MEDINA, DIANA GABRIELA - Legajo Nº 27701/1, y GONZALEZ, MARIA CECILIA – Legajo Nº 28151 quienes cumplen funciones en la caja de la Tesorería del EMSUR, harán uso de Licencia por carácter excepcional por estar comprendida dentro de los alcances del Decreto Nº 451/20 desde el 16/03/2020 al 31/03/2020, ambas fechas inclusive.-
Que durante la ausencia de las mismas, serán reemplazadas por el agente LUS, MARCOS ARIEL – Legajo Nº 27700/1.-
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Encomiéndase, desde el 18/03/2020 al 31/03/2020, ambas fechas inclusive, al agente LUS, MARCOS ARIEL - Legajo Nº 27700/1, dependiente de la Tesorería del EMSUR, las funciones de cajero en la Tesorería del Ente, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, para el período indicado en el artículo 1º del presente Decreto, al agente señalado en el mismo, quien desempeñará funciones transitorias de Cajero, la Bonificación establecida en el Art. 41º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, percibiendo por tal concepto la diferencia entre la categoría en que revista: Cargo SECRETARIO ADMINISTRATIVO - (C.F. 5-10-66-01) - módulo 36 horas semanales y la del cargo encomendado: CAJERO - (C.F. 4-18-66-02) - módulo 36 horas semanales.-
ARTÍCULO 3º.- Otórgase, para el período indicado en el artículo 1º del presente Decreto, al agente señalado en el mismo, el Adicional por Fallo de Caja del TREINTA POR CIENTO (30%), según lo establecido en el Art. 42º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 4º - El EMSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTÍCULO 5º - El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR y dése intervención a la Contaduría del mencionado Ente.-
Ez/
Dl/
D´ANDREA MONTENEGRO