Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 544/20
General Pueyrredon, 03/04/2020
Visto
la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS -, con relación al coronavirus COVID-19, y el DNU Nº 260/2020, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del cual amplía la Emergencia Pública en materia Sanitaria, y
Considerando
Que mediante Ordenanza Nº 24710, promulgada por Decreto Nº 0437/2020, se declaró la Emergencia Administrativa Sanitaria en el Partido de General Pueyrredon, con el fin de facilitar la contratación en forma directa y/o compra de insumos y/o cualquier elemento necesario para el abordaje del COVID-19 e Influenza o sus eventuales mutaciones, adoptar acciones, entre otras medidas.
Que en esta instancia, y teniendo en cuenta el desarrollo de este virus en distintos países, se hace necesario adoptar medidas oportunas, rápidas y eficaces, con el fin de enfrentar la evolución epidemiológica de esta pandemia.
Que para ello, se hace necesario promover la participación solidaria de los ciudadanos a través de la tarea voluntaria, en este caso, de profesionales de la salud, con títulos habilitantes, para llevar a cabo actividades que el personal remunerado de la Secretaría de Salud no pueda cumplir, debido al exceso de personas con sintomatología correspondiente al mencionado virus.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias y las conferidas por Ordenanza Nº 24710, promulgada por Decreto Nº 0437/2020
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Promuévase el Voluntariado de Profesionales de la Salud, para hacer frente a la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS -, con relación al coronavirus COVID-19; a la Emergencia Pública en materia Sanitaria ampliada por el Poder Ejecutivo Nacional por DNU Nº 260/2020, y a la Emergencia Administrativa Sanitaria en el Partido de General Pueyrredon, declarada por Ordenanza Nº 24710, promulgada por Decreto Nº 0437/2020.-
ARTÍCULO 2º.- Delégase en la Secretaria de Salud la suscripción de un Acta Acuerdo de Voluntariado, facultándose asimismo a dicha Secretaría la implementación de esta iniciativa y su organización.
ARTÍCULO 3º.- Los Voluntarios Profesionales de la Salud, serán personas físicas que desarrollarán, por su libre determinación, de un modo gratuito, altruista y solidario, las tareas que determinará la Secretaría de Salud, sin recibir por ello remuneración, salario, ni contraprestación económica alguna, no tienen ninguna expectativa ni promesa de ser contratado ni como personal de planta permanente o transitoria, ni como consultor o asesor por honorarios, ni a través de ninguna otra modalidad contractual. Firmarán un Acuerdo, que como Anexo I forma parte del presente.
ARTICULO 4°.- La prestación de servicios por parte del Voluntario Profesional de la Salud no podrá reemplazar al trabajo remunerado del personal de la Secretaría de Salud, será complementario durante el período que dure la Emergencia Pública en materia Sanitaria en el marco de la Pandemia declarada por la OMS, con relación al coronavirus COVID-19, y mientras la Secretaría de Salud lo considere necesario.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Salud.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese y comuníquese.
AVB/pac
BERNABEI MONTENEGRO
ANEXO l
Acuerdo
Voluntariado Profesional de la Salud
Entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, representada en este acto por la titular de la Secretaría de Salud, Farm. Alicia Viviana Bernabei, con domicilio legal en Pehuajó Nº 250, de la ciudad de Mar del Plata, a través de las facultades delegadas por Decreto Nº 440/2020,en adelante la MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el/la señor/a ..............................., DNI .............., cuyo título habilitante como profesional de la salud es ........ acá todos los datos (matricula, Colegio al que pertenece, etc,), con domicilio real y constituido en calle ....................................., de la ciudad de Mar del Plata, en adelante el VOLUNTARIO, firman el presente Acuerdo de Voluntariado Profesional de la Salud, de conformidad a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente Acuerdo tiene por objetivo hacer frente a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS – con relación al coronavirus COVID-19, en el marco de la Emergencia Pública en materia Sanitaria decretada por el poder ejecutivo de la nación – DNU Nº 260/2020, a través de Voluntarios Profesionales de la Salud, Decreto Nº .............., mientras dure la situación mencionada. Este Instrumento formaliza la participación solidaria, sin fines de lucro, de los ciudadanos en el seno de la comunidad, para desarrollar actividades que la SECRETARÍA DE SALUD de la MUNICIPALIDAD, necesite y no puedan ser cumplidas por personal remunerado.
SEGUNDA: La MUNICIPALIDAD a través de la SECRETARÍA DE SALUD brindará al VOLUNTARIO:
TERCERA: El VOLUNTARIO tendrá la obligación de:
CUARTA: En el marco de lo señalado en las Cláusulas precedentes, el VOLUNTARIO, deberá comprometerse a desempeñar las siguientes actividades:
QUINTA: El VOLUNTARIO se compromete a prestar servicios por ...... cantidad de horas, por ...... cantidad de días por ...... cantidad de semanas.
El VOLUNTARIO podrá cesar su actividad en cualquier momento, avisando fehacientemente dicha decisión a la MUNICIPALIDAD.
SEXTA: La MUNICIPALIDAD no realizará ningún tipo de reembolso por los gastos ocasionados por las actividades desempeñadas por el VOLUNTARIO.
SÉPTIMA: El VOLUNTARIO decide de manera libre e informada participar y formar parte de la presente iniciativa, de manera gratuita, sin esperar contraprestación alguna por parte de la MUNICIPALIDAD. La MUNICIPALIDAD no se encuentra obligada por ningún tipo relación contractual o de consumo con el VOLUNTARIO. En este sentido, El VOLUNTARIO, manifiesta expresamente que no lo une vínculo laboral alguno con la MUNICIPALIDAD, y que no tienen ninguna expectativa ni promesa de ser contratado ni como personal de planta permanente o transitoria, ni como consultor o asesor por honorarios, ni a través de ninguna otra modalidad contractual.
OCTAVA: La MUNICIPALIDAD no se responsabiliza por ningún daño personal y/o material y/o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al VOLUNTARIO y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación. El VOLUNTARIO exime expresamente a la MUNICIPALIDAD de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por estos, proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no resultare imputable en forma directa o indirecta.
NOVENA: Derecho Uso de imagen – El VOLUNTARIO autoriza a la MUNICIPALIDAD a utilizar sin cargo ni costo -durante el periodo de diez (10) años- y para cualquier finalidad institucional y/o difusiva todo el material e información que hayan brindado, incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas a cabo durante esta iniciativa, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo, pero sin limitarse a, material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios, revistas, vía pública, internet, representaciones televisivas y/o radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.
Dicha autorización comprende, pero no se limita, al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas a cabo por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el artículo 56 de la Ley Nacional N° 11.723 de Propiedad Intelectual.
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, queda formalizado el presente acuerdo que se firma en tres ejemplares, y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata a los …. días del mes de …. de 2020.