Boletines/Chascomús
Decreto Nº 164/20
Chascomús, 11/03/2020
SOLICITUD ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-142731/J caratulado “Solicitud espacio exclusivo de estacionamiento” iniciado por el Jardín de Infantes “Corazón de María”; y
Considerando
Que a fs. 1 del citado expediente, la Sra. Vicedirectora de la Institución solicita que se arbitren los medios necesarios para la colocación de cartelería de prohibición de estacionamiento y de libre espacio para ascenso y descenso de discapacitados durante los horarios de concurrencia de niños al Jardín de Infantes sito en calle Remedios de Escalada N° 45 de esta ciudad, y cartelería de velocidad precautoria por cercanía de la escuela.
Que motiva tal pedido la incomodidad que se genera para muchos concurrentes al establecimiento que presentan problemas de movilidad y los transportes escolares que requieren estacionar los vehículos en la calzada cerca de la entrada al establecimiento educativo por tratarse de infantes. Asimismo, la señalización tendería a ordenar el tránsito de los transeúntes, trabajadores, padres niños concurrentes al mismo.
Que a través de la Ordenanza 5298/18 se estableció para todas las escuelas del distrito (de gestión pública, urbanas y suburbanas) un sector delimitado y debidamente señalizado para el estacionamiento de los transportes escolares (art. 2) sirviendo el mismo también para ser utilizado por los vehículos para ascenso y descenso de personas con discapacidad (art. 3 y Ordenanza 1994/94).
Que a fs. 5 se adjunta nota del Director de Seguridad Urbana, en la cual expone la factibilidad de realizar lo peticionado, considerando colocar cartelería estableciendo lugar exclusivo de estacionamiento para transporte escolar, en los horarios de ingreso y egreso del establecimiento, repintado de cordones y señales horizontales en la calzada paralelas al cordón y dos carteles de tipo vertical que indiquen precaución por cercanía de escuela, en inmediaciones de la intersección de calles Casalins y Remedios de Escalada (coincidiendo con las posibilidades de circulación hacia el establecimiento).
Que el Señor Subdirector de Planificación, a fs. 10 a 13, ha adjuntado esquemas respecto a la cartelería reglamentaria que deberá respetarse en tal sentido.
Que la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad se expidió en sentido favorable a la petición.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese al Jardín de Infantes Corazón de María, conforme Ordenanza 5298/18, a demarcar una zona de estacionamiento exclusivo de 20 mts. Para transporte escolar durante los horarios en que se desarrollen las actividades educativas, a los fines del ascenso y descenso de los concurrentes al mismo; que sea también utilizado para el ascenso y descenso de persona con discapacidad o movilidad reducida – consignándose la referencia a la Ord. 1994/94- en el frente del edificio sito en calle Remedios de Escalada N° 45. Asimismo, autorícese a colocar cartelería con la leyenda: “Despacio Escuela”, en inmediaciones de la Institución.-
ARTICULO 2°.- Los gastos correspondientes a las demarcaciones y cartelería correspondiente de la zona serán en su totalidad por cuenta de la Institución beneficiaria, debiendo realizarse la misma conforme las instrucciones que se le brindarán a través del personal de la Dirección de Seguridad Urbana Municipal.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, solicitante y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-