Boletines/Lobería

Decreto Nº77-20

Decreto Nº 77-20

Lobería, 14/01/2020

DESÍGNASE

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.383/19, la Nota Nº 824/20; y

Considerando

QUE, por Nota Nº 824/20, el Secretario de Salud y Desarrollo Social de la Comuna, DR. FRANCESCO J. FIORAMONTI, solicita la designación de personal destajista, para ser afectada a la Junta Evaluadora de Discapacidad y para estar a cargo de la coordinación del Hogar “Gambeteando Vientos”, a partir del 1° de enero de 2020, por un plazo de seis (6) meses;

QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajista, a partir del 1° de enero de 2020, por un plazo de seis (6) meses, a la Sra. MARIANELA ARRIGHI, D.N.I. Nº 24.795.763, Técnica en Trabajo Social, Matrícula N° 16.532, para ser afectada a la Junta Evaluadora de Discapacidad y para estar a cargo de la coordinación del Hogar “Gambeteando Vientos”.

ARTÍCULO 2.- El monto a abonar mensual a abonar asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 48.862,56.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUARENTA Y DOS MIL VEINTIUNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 42.021,80.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 5.863,51. La certificación se realizará e forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección del Hospital Municipal –  1.2.1.0.  Retribuciones del Cargo” y “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 29 Dirección de Desarrollo Social – 04 Hogar Municipal ‘G.V.’ - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Oficina de Personal,Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                         JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                               INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 77-20