Boletines/Lobería
Decreto Nº 36-20
Lobería, 06/01/2020
DESÍGNANSE
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 47 de la Ordenanza Nº 1.973/15 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el artículo 53 del Anexo Único del Decreto Nº 1.167/16, la Leyes Nº 27.155 y Nº 14.798, la Nota N° 550/20, el Expediente Nº 4066-023/20; y
Considerando
QUE, por Nota registrada con el N° 550/20, Expediente Nº 4066-023/20, el Director de Desarrollo Local ING. LEANDRO MIGUEL STORTI, solicita la designación de los agentes municipales que se detallan, para cubrir el servicio de guardavidas en la playa del Balneario “Arenas Verdes”, a partir del 01 de enero y hasta el 15 de abril de 2020 inclusive, con el régimen horario que se indica;
QUE, este pedido resulta necesario atento ser las personas capacitadas y entrenadas para vigilar, prevenir, atender y supervisar técnica y profesionalmente a los concurrentes, brindando respuesta inmediata de rescate acuático y/o primeros auxilios de emergencia, ante situaciones de riesgo, pautas contempladas en la Ley Nº 27.155 de ejercicio profesional de guardavidas y Ley Nº 14.798;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESÍGNANSE a partir del 01 de enero y hasta el 15 de abril de 2020 inclusive, con una remuneración equivalente a Categoría 21 y un régimen de trabajo desde el 01 de enero y hasta el 15 de marzo de 2020 de 40 horas semanales y desde el 16 de marzo y hasta el 15 de abril de 2020 de 30 horas semanales, para prestar servicios de guardavidas en el Balneario “Arenas Verdes”, a las siguientes personas:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
GENOVA, MARIANO D.N.I. Nº 23.406.922
MÁRSICO, JULIAN D.N.I. Nº 29.719.818
PONCE, MARIO D.N.I. Nº 23.406.852
LUND, CAMILO D.N.I. Nº 29.504.451
SILVA, MAURICIO D.N.I. Nº 31.978.378
ROMEO, MARIO D.N.I. N° 31.554.872
LUNA, CARLOS MATIAS D.N.I. Nº 26.708.450
GRANCI, MILTON D.N.I. Nº 33.719.911
LECUMBERRI, JUAN CRUZ D.N.I. Nº 29.504.094
ANGELI, MARTÍN D.N.I. Nº 30.240.192
ALVAREZ, JUAN BAUTISTA D.N.I. Nº 33.799.818
RODRIGUEZ, GERONIMO DAVID D.N.I. Nº 34.750.850
ZARATE, FRANCISCO MAURICIO D.N.I. Nº 33.576.322
IRIGOYEN, SILVERIO D.N.I. Nº 34.037.641
ARTÍCULO 2.- Abónense los porcentajes que se detallan sobre el sueldo básico, en concepto de adicionales y retribuciones, según lo establecido en el artículo 53 del Anexo Único del Decreto 1.167/16 y el artículo 15 de la Ley Provincial Nº 14.798:
CONCEPTO PORCENTAJE
Actividad Riesgosa 60%
Presentismo 8%
Antigüedad 1,5%
ARTÍCULO 3.- Otórgase un Adicional por Destino equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico, por prestar servicios separados de su núcleo familiar, en lugares alejados o aislados, según corresponda.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente -16 Dirección de Desarrollo Local - 02 Oficina de Turismo - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo – 1.2.2.0. Retribuciones que no hacen al cargo – 1.2.6.0. Complementos” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Oficina de Seguros, IOMA, Dirección de Desarrollo Local, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 036-20