Boletines/Chascomús
Decreto Nº 124/20
Chascomús, 20/02/2020
ADJUDICAR LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/19
Visto
La Licitación Pública Nº 7/19 tramitada en Expediente Administrativo Nº 4030-142981/M para la “Construcción Jardín de Infantes Nº 908” en V Cuerpos; y
Considerando
Que a través de la misma se tramita la construcción del Jardín de Infantes Nº 908 en el Barrio San Cayetano de esta ciudad.
Que, a partir de la firma del Acta Acuerdo entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación y la Municipalidad de Chascomús (convalidado por Ordenanza Nº 5343 de fecha 11/04/19) se transfirió la tenencia precaria de la obra de dicho Jardín que había sido iniciada y luego paralizada, rescindiéndose el contrato por Resolución Ministerial Nº 2540/16, para que esta última realice un nuevo llamado a licitación para la finalización del establecimiento, comprometiéndose la cartera nacional a financiar la ejecución de la obra por un total de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 42/100 ($10.879.258,42).
Que el día 3 de Octubre de 2019 se realizó la apertura del sobre con las ofertas correspondientes a la Licitación Pública Nº 07/2019, “Construcción Jardín de Infantes Nº 908”, cuyo presupuesto oficial fue determinado en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 58/100 ($18.321.891,58).
Que la Comisión de Preadjudicación, en base al análisis realizado por la Oficina Técnica de la Secretaría de Obras, consideró válidas las dos ofertas realizadas por las firmas PESCIALLO FLORES Y CÍA. SC y POSSE SA, considerando que la oferta realizada por la primera resultaba la más conveniente.
Que, con sustento en el citado informe, la Municipalidad informó a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio nacional, la preadjudicación de la obra a la firma PESCIALLO FLORES Y CÍA. SC por un monto de PESOS VEINTE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 52/100 ($20.153.946,52).-
Que, con fecha 25 de Noviembre de 2019, se notificó desde dicha cartera, mediante Nota NO-2019-104770119-APN-DGI#MECCYT, que otorgaba la conformidad a la diferencia existente entre el presupuesto oficial y el monto de la oferta admisible.-
Que no estando garantizado el giro de los fondos comprometidos según el Acta acuerdo y el “Instructivo Operatoria para los Municipios” (40% al momento de la adjudicación) dadas las circunstancias de cambio de autoridades a nivel nacional, no se realizó la adjudicación a la firma mencionada.
Que, luego de varias consultas, el organismo nacional el día 30/01/2020 realizó la transferencia a la cuenta corriente municipal Nº 2310040987 del Banco de la Nación Argentina por un monto de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUATRO ($4.351.704), equivalente al 40% del monto originalmente suscripto según acta acuerdo de Marzo de 2019.
Que, atento al tiempo transcurrido, se consultó con la firma PESCIALLO FLORES Y CÍA. SC, sobre el mantenimiento de la oferta realizada el 03/10/2019. Desde dicha empresa tanto en la reunión y visita a la obra, realizada con funcionarios de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación y funcionarios municipales el día 12/02/20, como a través de nota incorporada a fs 1155 del expediente administrativo Nº 4030-142981 de fecha 13 de Febrero, confirmaron la disposición para realizar la obra por el monto de la oferta y las redeterminaciones correspondientes según pliego.
Que, en virtud de lo expuesto, es necesario realizar la adjudicación de la obra en cuestión y, dadas las circunstancias, deberá modificarse el monto del anticipo financiero previsto en la cláusula 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al veinte por ciento (20%).
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Adjudíquese la Licitación Pública N° 7/19 para la “Construcción de Jardín de Infantes Nº 908” de acuerdo al pliego de bases y condiciones obrante en el expediente administrativo Nº 4030-142981, a la firma PESCIALLO FLORES Y CÍA. SC, por un monto de PESOS VEINTE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 52/100 ($ 20.153.946,52).
ARTICULO 2°.- Establézcase en el Veinte por Ciento (20%) del monto indicado en el artículo anterior el Anticipo Financiero que el contratista podrá solicitar en los términos de lo previsto en la cláusula 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Oficina de Compras, Contaduría, Tesorería, Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación, firma adjudicataria y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastián Barthe Placenave).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-