Boletines/Chascomús

Decreto Nº123/20

Decreto Nº 123/20

Chascomús, 19/02/2020

AYUDA ECONÓMICA TORNEO BOCHÍSTICO

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-147763/G caratulado: “Solicitud de ayuda económica para participación en torneo boxístico”, iniciado por el Sr. GEREZ Roberto; y

 

Considerando

Que el Sr. Gerez solicita acompañamiento económico para solventar los gastos de participación y viáticos del joven Lorenzo “Neno” GEREZ en el evento boxístico que pone en juego la “Medalla de los campeones” que se desarrolló en la ciudad de Las Flores entre el 12 y el 18 de Febrero de 2020.

Que el torneo fue promocionado y organizado por AMBAPA (Asociación de Managers y Boxeadores Argentinos Profesionales y Amateurs), convocando a los campeones zonales.

Que es un compromiso de la gestión pública promover acciones específicas de competencia deportiva, estimular y apoyar estas acciones promotoras de crecimiento individual y colectivo de las organizaciones sociales y de los deportistas.

Que los señores Secretarios de Planificación y Turismo y de Hacienda, han considerado propicio otorgar el subsidio peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Abónese subsidio al Sr. Lorenzo Nahuel GEREZ, DNI Nº 41.873.348 tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-147763/G, “Solicitud de ayuda económica para participación en torneo boxístico”, para solventar gastos de participación y viáticos en competencia boxística de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000), a abonarse en una cuota, sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110115000, Categoría Programática 51.01.00, Partida 5.1.4, Fuente 110.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Deportes, beneficiario y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y archívese.-