Boletines/Chascomús

Decreto Nº83/20

Decreto Nº 83/20

Chascomús, 03/02/2020

CARGA DE COMBISTIBLE ASUMTOS LEGALES

Visto

La necesidad de movilización y agilidad que requieren para el desarrollo de sus tareas las diferentes Dependencias de Servicios relacionadas con el Ejecutivo Municipal; y

Considerando

Que la disposición de agentes y/o funcionarios Municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas, resulta satisfactorio para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada.

Que a tales vehículos se les deben suministrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento en algunos casos regularmente y en otros ocasionalmente.

Que conforme a las normas vigentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2020.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el  Municipio en las excepcionales ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas, en los vehículos propiedad de agentes de Planta y/o Funcionarios Políticos Municipales, para el Ejercicio 2020 de acuerdo al listado contenido en los artículos siguientes.-

ARTICULO 2º.- Están autorizados a la carga de combustible adquirido por el Municipio en Dirección de Asuntos Legales, los vehículos con patentes nuevas que a continuación se detallan y solo cuando la tarea que deban realizar lo amerite, debiendo estar las mismas detalladas en el vale que autoriza la carga.

· VALLEJO, María Soledad vehículo Ford Focus, Dominio MHL403 (gasoil Premium) por cumplir tareas como Directora de Asuntos Legales de la Municipalidad.

· CLAVERIE, Patricia Reneé vehículo Peugeot 208 Allure, Dominio AA642DH (Nafta super) por cumplir tareas como Asesor Letrado de la Municipalidad.

· PRAT, Martín Ignacio vehículo Renault Sandero Dominio LJZ251 (Nafta súper) por cumplir tareas como Asesor Letrado en la Municipalidad.-

ARTICULO 3º.- Los titulares deberán presentar por única vez Licencia de Conducir, Cédula Verde, Seguro y VTV vigentes.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Oficina de Compras, Contaduría, Dirección de Asuntos Legales y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y archívese.-