Boletines/La Plata
Decreto Nº 2300/19
La Plata, 17/10/2019
Visto
el presente Expediente Nro. 4061-1079793/2018, por el cual la SECRETARÍA DE COORDINACION MUNICIPAL, solicita la contratación de la obra "Acondicionamiento térmico de la Escuela Técnica N°5, con destino a la SUBSECRETARIA DE VINCULACION Y GESTION, mediante solicitud de pedido N° 1677/18, obrante a fojas 38; y
Considerando
Que por Decreto N°1959, Folio N°2370 de fecha 04 de Septiembre de 2018 1 se aprobó el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES y Anexos.
Que a tal efecto tuvo lugar la realización de la Licitación Pública N°60/2018, con fecha de apertura 04 de Octubre de 2018, declarada desierta.
Firmas que retiraron pliego y no cotizaron: PASO CONSTRUCCIONES S.R.L; TORNES CONSTRUCTORA S.A.; CG PLATINUM CONSTRUCCIONES S.R.L.; ECLOSA M.H.M S.A.; ERSA CONSTRUCCIONES S.A.; JULIO ROQUE GRAZIANO; ORPÁCO S.R.L.
Que a fs. 66, visto el fracaso de la convocatoria, consta nota de la SUBSECRETARIA DE VINCULACION Y GESTION, solicitando la desafectación de la Licitación Pública N°60/18.
Que a fs. 67 se remite el expediente para la correspondiente desafectación de la nota de pedido.
Que por el presente se solicita la desafectación de los actuados autorizados por el Decreto N°1959 Folio N°2370 de fecha 04 de Septiembre de 2018 y los actos que, por el presente se aprueban, por facultad conferida por Decreto Ley N° 7647/70 y sus modificatorias, capítulo XIV de los Actos Administrativos, art. 113 en concordancia con el art. 114.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la Licitación Pública N° 60/18 con fecha de apertura el 04 de Octubre de 2018,acerca de cuyo resultado ilustra la documentación acumulada, en todo de acuerdo a lo expuesto en considerando, declarada desierta.-
ARTÍCULO 2º: Desaféctense los actuados autorizados por el Decreto N°1959 Follo N°2370 de fecha 04 de Septiembre de 2018 y los actos que por el presente se aprueban, debido al desfasaje económico en los costos de la obra en relación al presupuesto oficial, según Nota de la SUBSECRETARIA DE VINCULACION Y GESTION; por facultad conferida por Decreto Ley N° 7647/70 y sus modificatorias, Capítulo XIV de los Actos Administrativos, art. 113 en concordancia con el art. 114 y dejando establecido que en este acto no existe posibilidad de inicio de acciones contencioso administrativas por tratarse de actuados que por sí mismos imposibilitan su posterior adjudicación; en todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-
ARTICULO 3º: Desaféctese lo atendido con imputación a la U.E. 63- SECRETARÍA DE COORDINACION MUNICIPAL Jurisdicción 111014700ü- SECRETARÍA DE COORDINACION MUNICIPAL- Fuente de Financiamiento: 132- De Origen Provincial. -
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario del área que corresponda.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS, CONTADURIA GENERAL Y TESORERIA a sus efectos.
Dr. Julio César Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.