Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº519/20

Decreto Nº 519/20

General Pueyrredon, 01/04/2020

Visto

lo tramitado por Expediente Nº    2620 - P -1999,   y

Considerando

Que la Contadora del EMSUR C.P.N. MARIA LAURA MARASCHINI - Legajo Nº 17952/1, solicitó Licencia por carácter excepcional por estar comprendida dentro de los alcances del Decreto N° 44/20 art. 2°, desde el 16/03/2020 al 31/03/2020, ambas fechas inclusive.-

 

Que es imprescindible que las funciones inherentes a ese cargo sean cubiertas.-

 

Que durante su ausencia será reemplazada  por el Sr. GAMERO, ROLANDO ROBERTO – Legajo N° 27216/1.-

     

Que la Contaduría del Ente informa que por un error administrativo involuntario se solicitó la misma desde el 16/03/2020 al 29/03/2020, ambas fechas inclusive, siendo que hubiese correspondido informarla desde el 17/03/2020 al 29/03/2020, ambas fechas inclusive.-

 

Que por lo expuesto y considerando que el Artículo 115º  de la Ordenanza General 267 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, corresponde la rectificación del Decreto antedicho.-

 

                                             

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 483/20, que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 1º.- Encomiéndase, al agente GAMERO, ROLANDO ROBERTO – Legajo Nº 27216/1, las funciones inherentes al cargo de CONTADOR del Ente Municipal de Servicios Urbanos, conforme a la Ley Orgánica de las Municipalidades y al Reglamento de Contabilidad, desde el 17/03/2020 al 30/03/2020, ambas fechas inclusive, período durante el cual la titular del cargo C.P.N. MARIA LAURA MARASCHINI - Legajo Nº 17952/1, hará uso de Licencia por carácter excepcional por estar comprendida dentro de los alcances del Decreto Nº 440/20 art. 2°, percibiendo por tal razón el reemplazante la Bonificación por Mayor Función de acuerdo a lo establecido en el artículo 14º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto  vigente.-

 

 

ARTÍCULO 2º.- El Sr. GAMERO, ROLANDO ROBERTO deberá haber cumplimentado, previo al reemplazo mencionado en el artículo anterior, lo establecido en la Resolución Nº 1 de fecha 7 de febrero de 2013 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTÍCULO   3º.- El EMSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-

 

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.-

 

ARTÍCULO  5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría de dicho Ente.-

Dl.-

   D ÁNDREA                      MONTENEGRO