Boletines/Tornquist

Ordenanza Nº3211/20

Ordenanza Nº 3211/20

Tornquist, 25/03/2020

VISTO:

La necesidad del municipio de aceptar donaciones por parte de terceros, en situaciones que así lo requieran, y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al Artículo 57° de la Ley Orgánica Municipal, el Concejo aceptará o rechazará las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad.

Que el Municipio en determinadas situaciones requiere la aceptación de donaciones que la ciudadanía hace para afrontar momentos que pueden considerarse críticos,

Que el Área de Salud del Municipio en casos de catástrofes, pandemias, y otras causas de orden general, deben afrontar con sus escasos recursos una mayor atención, y se expone  comprometiendo el cuidado de la Salud Pública al acabarse los recursos,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Aceptase por parte del Municipio donaciones excepcionales por parte de terceros en casos de catástrofes, pandemias u otras causas de índole general que comprometan al Sistema de Salud Pública por falta de recursos económicos para afrontarlas.

ARTÍCULO 2°: Créase en el ámbito de Recaudaciones de la Municipalidad de Tornquist una cuenta interna, asociada a la cuenta N° 6243-10098/4, Municipalidad de Tornquist CUIT: 30-63865354-7, CBU: 0140393801624301009844, ALIAS CBU: AUTO.COCTEL.RISA, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tornquist, que será utilizada a los fines de que terceros puedan efectuar depósitos/transferencias a nombre del Municipio para ser utilizados en la emergencia por el Área de Salud.

ARTÍCULO 3° Los ingresos y gastos deberán ser de cumplimiento y rendición para la emergencia que se afronte.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-