Boletines/Tandil
Decreto Nº 4075/2019
Tandil, 23/10/2019
Visto
la Ordenanza Nº: 16700, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 17 de octubre de 2019, mediante la cual se modifica el inciso g) del Artículo 1.1.2.3 de la Ordenanza Nº 5.580/91 Código de Edificación Vigente para el Partido de Tandil, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
g) Factibilidad de la usina (en caso de corresponder)
Para el caso de las construcciones comprendidas en la ordenanza de estímulo a las energías renovables, se deberá contar con la Factibilidad Técnica para Energías Renovables.
Incorpórese al artículo 1.3.2.3 de la Ordenanza 5580/91 Código de Edificación Vigente para el Partido de Tandil, el inciso k) que quedará redactado de la siguiente manera:
K) Certificado de uso Racional y Eficiente de la Energía en caso de encontrarse encuadradas en la Ordenanza de estímulos a las energías renovables.
Considerando
las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Ley Orgánica Municipal, por Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el art. 108 inc.2) y concs.
Por todo ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º - PROMÚLGASE la Ordenanza 16700, sancionada por el Concejo Deliberante de Tandil.
Artículo 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3º- Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese. Notifíquese por Despacho a la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M. y CRETAL.
Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Medioambiente, Dirección de Desarrollo Urbano, Departamentos de Ordenamiento Territorial y Catastro, Dirección de Obras Privadas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría de Desarrollo Local y oportunamente archívese.-
Firma: Ps. Social JULIO ELICHIRIBEHETY (Jefe de Gabinete de Secretarios) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)