Boletines/Tandil
Decreto Nº 4494/2019
Tandil, 25/11/2019
Visto
El contrato de locación suscripto con la Sra. María Elisa Bedascarrasbure – DNI 13.824.394 y el Sr. Juan Francisco Vélez – DNI 11.413.619, sobre cinco (5) habitaciones identificadas en el plano respectivo del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción 1 – Sección C – Quinta 80 – Manzana 80d – Parcelas 4 y 5, ubicado en la calle Larrea y conocido como Paraje “Villa Onena”, con destino a espacio de información y/o promoción de manufacturas de productores locales, por el término de dos (2) años contados a partir del 1° de octubre de 2019.
Considerando
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración por las áreas técnicas la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Procédase a la locación de cinco (5) habitaciones identificadas en el plano que forma parte del contrato, del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción 1 – Sección C – Quinta 80 – Manzana 80d – Parcelas 4 y 5, ubicado en la calle Larrea y conocido como Paraje “Villa Onena”, propiedad de la Sra. María Elisa Bedascarrasbure – DNI 13.824.394 y el Sr. Juan Francisco Vélez – DNI 11.413.619, por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2021, con destino a espacio de información y/o promoción de manufacturas de productores locales.
Artículo 2°: Por la locación dispuesta, los pagos se harán efectivos mensualmente, de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 3°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida 3.2.1.0. “Alquiler de Edificios y Locales”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal No Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.11. – Jefatura de Gabinete, Programa 16 – Desarrollo Turístico, Actividad 06 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos en vigencia y a ser vigentes para los ejercicios 2020 y 2021.
Artículo 4º: Elévese el presente al Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete de Secretarios.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Jefatura de Gabinete que dará cumplimiento al Artículo 4º, Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría Legal y Técnica, y vuelva para su archivo a Contaduría General.
Firma: Ps. SOCIAL JULIO ELICHIRIBEHETY (Jefe de Gabinete de Secretarios) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)