Boletines/Tandil

Decreto Nº4494/2019

Decreto Nº 4494/2019

Tandil, 25/11/2019

Visto

El contrato de locación suscripto con la Sra. María Elisa Bedascarrasbure – DNI 13.824.394 y el Sr. Juan Francisco Vélez – DNI 11.413.619, sobre cinco (5) habitaciones identificadas en el plano respectivo del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción 1 – Sección C – Quinta 80 – Manzana 80d – Parcelas 4 y 5, ubicado en la calle Larrea y conocido como Paraje “Villa Onena”, con destino a espacio de información y/o promoción de manufacturas de productores locales, por el término de dos (2) años contados a partir del 1° de octubre de 2019.


 

 

 

Considerando

Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración por las áreas técnicas la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.

 

 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Procédase a la locación de cinco (5) habitaciones identificadas en el plano que forma parte del contrato, del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción 1 – Sección C – Quinta 80 – Manzana 80d – Parcelas 4 y 5, ubicado en la calle Larrea y conocido como Paraje “Villa Onena”, propiedad de la Sra. María Elisa Bedascarrasbure – DNI 13.824.394 y el Sr. Juan Francisco Vélez – DNI 11.413.619, por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2021, con destino a espacio de información y/o promoción de manufacturas de productores locales.

 

Artículo 2°: Por la locación dispuesta, los pagos se harán efectivos mensualmente, de acuerdo al siguiente detalle:

  • desde el 1° de octubre de 2019 hasta el 31 de marzo de 2019, la suma mensual que resulte del equivalente a tres (3) salarios básicos de empleado municipal de Tandil, categoría 4 del agrupamiento administrativo con régimen de treinta (30) horas semanales, tomando como referencia el salario del mes de enero de 2018.
  • desde el 1° de abril de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021, el importe mensual de la locación deberá  actualizarse en función de los aumentos salariales, alcanzando la suma equivalente a tres (3) salarios básicos de empleado municipal de Tandil, categoría 4 del agrupamiento administrativo con régimen de treinta (30) horas semanales, tomando como referencia el salario vigente correspondiente al mes que se encuentra en curso.

 

Artículo 3°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida 3.2.1.0. “Alquiler de Edificios y Locales”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal No Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.11. – Jefatura de Gabinete, Programa 16 – Desarrollo Turístico, Actividad 06 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos en vigencia y a ser vigentes para los ejercicios 2020 y 2021.

 

Artículo 4º: Elévese el presente al Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete de Secretarios.

 

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Jefatura de Gabinete que dará cumplimiento al Artículo 4º,  Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría Legal y Técnica, y vuelva para su archivo a Contaduría General.

 

Firma: Ps. SOCIAL JULIO ELICHIRIBEHETY (Jefe de Gabinete de Secretarios)  Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)