Boletines/Tandil

Decreto Nº4486/2019

Decreto Nº 4486/2019

Tandil, 25/11/2019

Visto

La solicitud de exención extemporánea del pago de las tasas municipales presentada por el Colegio Sagrada Familia Tandil.


 

 

 

 

Considerando

El régimen de exenciones de los tributos municipales, establecido por la Ordenanza Fiscal vigente.

Lo dispuesto por la Ordenanza Nº 9584, respecto de las exenciones extemporáneas.

Que el inmueble en cuestión es utilizado para actividades propias de la institución.

Que la entidad ha omitido la presentación de las declaraciones juradas en tiempo y forma.

Que al momento ha presentado la documentación exigida por la reglamentación vigente.

Que al respecto ha informado el Director de Rentas y Finanzas.

 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1º:Exímese al Colegio Sagrada Familia Tandil– CUIM 30-52877243, en un cien por ciento (100%) del pago de la Tasa Retributiva de Servicios, Tasa para la Salud, Tasa Complementaria de Protección Ciudadana,  Fondo de inversión vial, Tasa por Servicios Sanitarios y Fondo Especial de Obras Sanitarias, correspondiente a los inmuebles de su propiedad, de acuerdo al siguiente detalle, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente y la Ordenanza Nº 9584:

Cuenta

Tasa

Imp.Exento

Total

Periodo de Exención

Original

Recargo al 30/12/18

469/001

Retributiva

111,327.82

39,295.42

150,623.24

Desde el 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2018

469/001

T.para Salud

3,553.88

1,261.63

4,815.51

469/001

Protec.Ciud

33,398.27

11,788.60

45,186.87

469/001

Fondo Inv.V

16,706.64

5,931.25

22,637.89

499/002

Retributiva

7,332.00

2,580.11

9,912.11

499/002

T.para Salud

3,553.88

1,261.63

4,815.51

499/002

Protec.Ciud

2,199.60

774.05

2,973.65

499/002

Fondo Inv.V

1,641.19

582.65

2,223.84

2752/003

Sanitarios

4,691.10

1,665.36

6,356.46

2752/003

F.Obras S.

180.00

65.88

245.88

5756/000

Sanitarios

93,572.82

33,218.91

126,791.73

2756/000

F.Obras S.

180.00

65.88

245.88

TOTAL:

 

278,337.20

98,491.38

376,828.58

 

 

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

 

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Ingresos Públicos, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma: Lic. DANIEL BINANDO (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)