Boletines/Tandil
Decreto Nº 4454/2019
Tandil, 22/11/2019
Visto
Que es necesario efectuar el llamado correspondiente con el objeto de proceder a la subasta pública de los bienes de rezagos de esta Municipalidad, con el fin de depurar el patrimonio municipal enajenando bienes que por su estado no resulta conveniente que permanezcan en el mismo.
Considerando
La Ordenanza Nº 16459 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, que autoriza al Departamento Ejecutivo a la venta, mediante la modalidad establecida en la Ley Orgánica de las Municipalidades, de los bienes declarados fuera de uso mediante el Decreto n°2102/16, Decreto n°3520/2018 y Decreto n°3860/2018
La Ordenanza Nº 16504 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, que autoriza al Departamento Ejecutivo a la venta, mediante la modalidad establecida en la Ley Orgánica de las Municipalidades, de los bienes chasis del vehículo RKN340; vehículo dominio STU408 y vehículo dominio VZS170.
Los Decretos N°: 1437/2019; 205/2016; 2102/2016; 3520/2018 y; 3860/2018.
La tasación del Centro de Martilleros de Tandilde fecha 14 de noviembre de 2018 de fs.19/20, su actualización con fecha 28 de junio de 2019 a fs.47
El anexo 1 que detalla los bienes en condiciones de venderse en forma inmediata, de acuerdo con informe de la Dirección de Patrimonio de fs.48/49
Que el artículo 31° inciso a del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, dispone que la Dirección de Compras debe intervenir en las ventas por cuenta de la Municipalidad, centralizando la gestión y control de tales actos, cumpliendo y haciendo cumplir las normas establecidas para las licitaciones publicas y privadas, concursos de precios y compras directas, sin perjuicio de la Reglamentación que al efecto haya dictado la comuna.
Por todo ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1º- Procédase a la venta en subasta pública,en un todo de acuerdo a lo establecido por Ordenanza nº16459 y Ordenanza n°16504, adoptando como base la tasación efectuada por el Centro de Martilleros de Tandil, según el siguiente detalle:
patente |
Base = tasación 28/06/2019 $ |
nº pat. |
detalle: |
documentación: |
VZS170 |
11.000,00 |
2044 |
AutomóvilFIAT REGATTA– MOD.1987 |
Título legajo 162 |
CMT412 |
11.000,00 |
2539 |
Automovil FIAT DUNA mod.98 |
título legajo 161 |
374BSQ |
Sin base |
2053 |
Moto SUSUKI GN250 - SE QUEMO 120/10/99 - SOLO CUADRO |
titulo y tarjeta verde: Municipalidad de Tandil Legajo 40 |
RKN340 |
11.000,00 |
614 |
MICROOMNIBUS MERCEDES BENZ LO1114/48FA AÑO 1982 |
tituloy tarjeta verde legajo 184 |
CMJ424 |
33.000,00 |
6400 |
Pick up CHEVROLET LUV |
copia del título legajo 170 |
Nº100896489 |
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BLOCK MOTOR MARCA HANOMAGSOLO TOTALMENTE DESARMADO |
form.04 legajo 242 |
ASK950 |
33.000,00 |
2279 |
CAMION IVECO 150NT |
titulo y tarjeta verde legajo 135 |
ASK952 |
33.000,00 |
2278 |
CAMION IVECO 150NT |
titulo y tarjeta verde legajo 132 |
ASK949 |
77.000,00 |
2277 |
CAMION IVECO 150 NT |
titulo y tarjeta verde - legajo 133 |
BIB769 |
49.500,00 |
2106 |
Furgon marca RENAULT EXPRESS MODELO 1997 |
título: tarjeta verde en el área - legajo 145 |
UPP276 |
16.500,00 |
2271 |
Pick up CHEVROLET C70 - MOD.95 |
titulo y tarjeta verde: - legajo 51 |
TJD709 |
22.000,00 |
4922 |
Micrómnibus – MERCEDES BENZ - Año 1993 – solo chasis |
El motor fue dado de baja se gestiona la baja en el registro – se entregara 04 para reutilizar partes (DECRETO N°1431/2019) SOLO SE VENDE CHASIS |
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17.600,00 |
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Caja compactadora marca Scorza |
Se encontraba instalada sobre camión recolector UPP313 de Vela. |
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24.750,00 |
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Caja compactadora Bicupiro (BLANCA CON COLA SEPARADA) - PERTENECIA A IVECO |
Pertenecía a Iveco 150NT |
WNY065 |
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2104 |
Rural FORD SIERRA AÑO 1987 - |
tituloy tarjeta verde - legajo 188 |
BTH772 |
27.500,00 |
2034 |
Furgoneta FORD COURIER Año 1997. |
título - tarjeta verde en el área legajo 148 |
WWT526 |
27.500,00 |
612 |
Microomnibus - Marca MERCEDES BENZ – Mod.OH1419/60 – Año 1982 - |
TITULO ORIGINAL y TARJETA VERDE legajo 182 |
|
44.000,00 |
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COMPRESOR ROMPEPAVIMENTO |
No tiene documentación |
XFK219 |
22.000,00 |
2282 |
MARCA CHEVROLET – MOD.CS – AÑO 1967 - TIPO PICK-UP |
Original titulo y tarjeta verde legajo 100 |
010GEE |
8.250,00 |
17810 |
Moto GUERRERO Modelo GXL 125 - |
Original titulo y tarjeta verde Legajo 40 |
009GEE |
8.250,00 |
17871 |
Moto GUERRERO Modelo GXL 125 - |
Original titulo y tarjeta verde Legajo 40 |
833GIC |
8.250,00 |
18861 |
Moto GUERRERO Modelo GXL 125 - |
Original titulo y tarjeta verde Legajo 40 |
834GIC |
8.250,00 |
18862 |
Moto GUERRERO Modelo GXL 125 - |
Original titulo y tarjeta verde Legajo 40 |
STU408 |
33.000,00 |
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Automóvil FORD SCORT – año 1993 |
Titulo y tarjeta verde - legajo 121 |
372BSQ |
16.500,00 |
2054 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
titulo y tarjeta verde: Legajo 40 |
460BSQ |
16.500,00 |
2056 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
titulo y tarjeta verde: Legajo 40 |
458BSQ |
16.500,00 |
2055 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
titulo y tarjeta verde: Legajo 40 |
463BSQ |
16.500,00 |
2052 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
titulo y tarjeta verde: Legajo 40 |
462BSQ |
16.500,00 |
2058 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
título y tarjeta verde: Legajo 40 |
461BSQ |
16.500,00 |
2057 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
título y tarjeta verde: Legajo 40 |
459BSQ |
16.500,00 |
2059 |
Moto SUSUKI GN250 – mod. 97 |
título y tarjeta verde: Legajo 40 |
BTH773 |
27.500,00 |
2534 |
Furgoneta FORD COURIER – año 1997 – |
título y tarjeta verde legajo 149 |
WXT485 |
55.000,00 |
2272 |
CAMIÓN VOLCADOR –-CHEVROLET C60 – AÑO 1973 – TIPO CHASIS CON CABINA – |
Titulo original legajo 68 |
Artículo 2°-Establézcase como fecha de remate el día 14 del mes dediciembre de 2019 a las 10:00 hs. en el predio municipal de la Dirección de Servicios Generales, calle Ameghino y Primera Junta de esta localidad de Tandil (Predio ex-Buxton).
Artículo 3º-Determinase que el lugar de exhibición y depósito de los bienes será el predio municipal mencionado en el artículo 2°. La exhibición de los bienes y las consultas podrán realizarse durante los cuatro días hábiles anteriores a la fecha de subasta, en el horario de 11:00 a 12:00 hs. Es de responsabilidad exclusiva de los oferentes cerciorarse del estado, detalle de faltantes y condición en el que se encuentran los bienes.
Artículo 4º -Designase como Martilleros actuantes en la subasta, a los que oportunamente proponga el Centro de Martilleros de Tandil, los cuales percibirán en concepto de comisión, como máximo el diez (10 %)del precio de venta fijado para cada bien, gasto que junto con cualquier otro que resulte, será soportado por el comprador.
Artículo 5º -No se aceptarán ofertas en comisión efectuadas por compradores que actúen en tal carácter, excepto en el caso en que lo aclare en el acto de la subasta, facilitando la identidad de su mandante. Asimismo, el oferente que transfiera su contrato sin el consentimiento previo de la Municipalidad de Tandil perderá la seña y comisión abonadas.
Artículo 6º -Los bienes mencionados en el artículo 1º saldrán con base, respetando las tasaciones de cada uno de ellos , los importes que componen los bienes poseen valor final y no se podrá discriminar IVA por ser el Estado Municipal exento de IVA. Debiendo el comprador abonar una seña en efectivo del TREINTA Y CINCO por ciento (35%) del precio de venta, además del pago de la comisión prevista en el artículo 4º al momento de la subasta, mientras que el saldo de precio será abonado en Tesorería Municipal dentro de los CINCO (5) Días de aprobada la subasta, a la cual quedará sujeta la venta. La notificación del acto administrativo aprobatorio se realizará por escrito al comprador, para lo cual deberá constituir domicilio legal en la ciudad de Tandil en el acto del remate.En caso de no hacerse efectivo el pago del saldo de precio en el plazo fijado, se tendrá como pérdida la seña entregada, la comisión y los derechos sobre el bien subastado.
Artículo 7º- El retiro de los bienes subastados correrá por cuenta y riesgo de los compradores, debiendo hacerlo en el horario de 9:00 a 11:00 hs. dentro de loscinco (05) días hábilesde abonado el saldo de precio. Si vencido dicho plazo los adquirentes no retiraron los elementos adquiridos, abonarán un almacenaje del TRES POR CIENTO (3%) sobre el precio de venta y por día corrido, perdiendo todo derecho sobre lo adquirido cuando el importe total del almacenaje iguale al de la venta, y sin perjuicio de la perdida de la seña entregada la comisión y los derechos sobre el bien adquirido, en el caso que corresponda.
Artículo 8° - Para proceder al retiro de los bienes adquiridos, el comprador deberá concurrir munido de su documento de identidad y de la ORDEN DE ENTREGA extendida por personal de la Dirección de Patrimonio, quién hará firmar también las actas de entrega respectivas.Para gestionar la ORDEN DE ENTREGA, deberá presentar indefectiblemente documento de identidad y acreditar el pago de la totalidad del precio de compra.
Artículo 9º - Todo gasto que demande el retiro del bien adquirido será por cuenta exclusiva de los compradores, por lo tanto, deberán concurrir a la ubicación detallada en el artículo 2°, provistos de los elementos de carga, remolque, etc. que les permita retirarlos. No se admitirá el desarme o arreglo de los bienes dentro del Corralón Municipal ni en sus inmediaciones.
Artículo 10º -Los gastos que originen por cualquier concepto los bienes vendidos desde la fecha de toma de posesión por parte de los compradores, estarán a cargo de estos. La Municipalidad de Tandil no será responsable por los daños que pudieran causar los mismos ni por los deterioros que estos sufran a partir de la fecha de subasta.
Artículo 11º - Los vehículos serán entregados con la documentación mencionada en el artículo 1°, y los formularios necesarios para su transferencia serán rubricados por el representante legal de la Municipalidad, a nombre del adquirente y luego de cancelado el saldo de precio, debiendo este último realizar el trámite de transferencia o baja ante el Registro de la Propiedad Automotor por su cuenta y riesgo. Por la Dirección de Patrimonio se procederá a efectuar la pertinente denuncia de venta de cada uno de los automotores enajenados y podrá la Municipalidad exigir que, previo a su retiro, se acredite inicio de trámite de transferencia y/o baja en los registros que correspondan.
Artículo 12º - Efectúese por la Dirección de Compras y Suministros publicaciones por 2 días consecutivos en los diarios locales, con una antelación no menor a los 15 (quince) días hábiles anteriores a la fecha de la subasta, sin perjuicio de la publicidad adicional, escrita, radial y/o televisiva que la misma considere conveniente realizar a los fines promocionales de la misma.
Artículo 13º - Dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores al de la subasta, los martilleros públicos designados deberán presentar por ante la Dirección de Patrimonio; A) las liquidaciones de las ventas realizadas, B) el detalle de los lotes vendidos y los no vendidos, C) todas las novedades atinentes a su función D) copia de los recibos que acrediten el depósito de los montos que se detallan en el artículo siguiente, E) todo otro aspecto que estimen necesario incluir.
Artículo 14º - Dentro del día hábil inmediato posterior al de la subasta, los martilleros públicos designados deberán depositar por ante la Tesorería Municipal las sumas recaudadas, así como las comisiones cobradas. Estas últimas serán retribuidas por la Municipalidad de Tandil, dentro de los tres (3) días hábiles de aprobada la subasta por parte del Departamento Ejecutivo.
Artículo 15º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinetes de Secretarios.
Artículo 16º -Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese. Tomen conocimiento Secretaria de Economía y Administración, Contaduría General, Tesorería, Dirección de Compras y Suministros, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Patrimonio, y oportunamente archívese.
Firma: Ps. SOCIAL JULIO ELICHIRIBEHETY (Jefe de Gabinete de Secretarios) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)