Boletines/Tandil
Decreto Nº 4440/2019
Tandil, 22/11/2019
Visto
El llamado a Licitación Pública Nº 10-01-14 para la “Contratación para la Prestación de Servicios referente a la provisión, instalación, mantenimiento y puesta en marcha del Equipamiento técnico (Hardware), Sistemas informáticos (Software), y Soporte técnico para la Gestión Integral, Comercialización de boletos, Seguimiento y control de flota, Auditoría ciudadana y Clearing del Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Colectivos de la Ciudad de Tandil y el Cobro y Administración general del sistema de Estacionamiento Medido de la Ciudad de Tandil”; y
Considerando
1.- Por Decreto Municipal Nº 2228 de fecha 18 de julio de 2014 se procedió a llamar a Licitación Pública Nº 10-01-2014 para la “Contratación para la Prestación de Servicios referente a la provisión, instalación, mantenimiento y puesta en marcha del Equipamiento técnico (Hardware), Sistemas informáticos (Software), y Soporte técnico para la Gestión Integral, Comercialización de boletos, Seguimiento y control de flota, Auditoría ciudadana y Clearing del Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Colectivos de la Ciudad de Tandil y el Cobro y Administración general del sistema de Estacionamiento Medido de la Ciudad de Tandil”.
2.- Por Decreto Municipal Nº 3060 de fecha 16 de octubre de 2014 se procedió a adjudicar la Licitación Pública de referencia a la firma EYCON SA.
3.- Habiendo cumplido todas las obligaciones exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales (P.B.y C.G.) y demás normas aplicables a la Licitación Pública Nº 10-01-2014 referida, en fecha 27 de octubre de 2014 “Las Partes” suscribieron el correspondiente Contrato de Prestación de Servicios, cuya vigencia se fijó en cinco (5) años, conforme artículo 51º del citado P.B.yC.G., a computarse a partir de la firma de dicho acuerdo.
4.- Formalizada la relación contractual y durante el desarrollo de la misma, “El Contratista” ha cumplido satisfactoriamente con las prestaciones comprometidas, incluso con los adicionales dispuestos y autorizados por Decreto Municipal nº 3298 de fecha 18 de septiembre de 2015, habiendo respondido y adecuado los sistemas ofrecidos e instalados –además– a las demandas de la comunidad de Tandil, y de los demás actores involucrados o interesados en diferentes formas en el correcto funcionamiento de los mismos.
5.- En fecha 15 de mayo de 2019, y por diferentes medios, “El Contratista” comunicó a “El Municipio” su voluntad de prorrogar la referida contratación en los términos del art. 51 del P.B.y C.G., con propuestas que redundarían en beneficio e incremento de la calidad del servicio prestado, lo que ameritó el debido estudio por parte de las autoridades comunales.
6.- En fecha 10 de septiembre de 2019, y en estricto cumplimiento de lo establecido en la norma antes mencionada, “El Contratista” acompañó nueva nota a las actuaciones a efectos de ratificar su voluntad de prorrogar la contratación en los términos expuestos en su anterior comunicación.
7.- Que se ha expedido la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Innovación tecnológica, expresándose de manera favorable a la continuidad de la contratación, en los términos autorizados por el P.B.y C.G.
Por todo ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
DECRETA
Artículo 1º: Prorrogar la adjudicación de la Licitación Pública Nº 10-01-14 para la “Contratación para la Prestación de Servicios referente a la provisión, instalación, mantenimiento y puesta en marcha del equipamiento técnico (Hardware), sistemas informáticos (Software), y soporte técnico para la gestión integral, comercialización de boletos, seguimiento y control de flota, auditoría ciudadana y clearing del sistema de transporte público de pasajeros por colectivos de la ciudad de Tandil y el cobro y administración general del sistema de estacionamiento medido de la ciudad de Tandil”, a la firma EYCON S.A. por el monto total de tres millones setecientos treinta mil boletos planos (3.730.000) los cuales a la fecha suman un total de Pesos ochenta y tres millones ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos veinte ($ 83.144.820,00). Dicho monto se abonara de forma mensual de la siguiente manera: durante los primeros tres meses de la presente prorroga, el valor equivalente a ciento veintiún mil doscientos veinticinco (121.225) boletos planos en cada mes y a partir del cuarto mes y hasta la finalización del contrato, un canon mensual, igual y consecutivo del valor equivalente a cincuenta y nueve mil cincuenta y ocho (59.058) boletos planos.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 3º: Por la erogación a producirse se apropiará imputación a la partida de gastos 3.5.9.0. “Servicios Comerciales y Financieros”- Otros, dentro de la clasificación institucional 1-Sector Público Municipal no Financiero, 1.01.-Administración Municipal, 1.1.1.-Administración Central, 1.1.1.01- Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03- Secretaría de Gobierno, Programa 21- Sistema Único de Movilidad Ordenada (SUMO), Actividad 01-Administración y Coordinación del presupuesto de gastos para el corriente ejercicio y a regir para los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Artículo 4º: Regístrese, notifíquese al adjudicatario por intermedio de la Dirección de Compras y Suministros en su domicilio constituido, y tomen nota Contaduría General, Dirección de S.U.M.O, Tesorería y elévese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación mediante ordenanza, y oportunamente archívese.
Firma: Dr. MIGUEL LUNGHI (H) (Subsecretario de Gobierno a/c Secretaria de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)