Boletines/Tandil
Decreto Nº 4437/2019
Tandil, 22/11/2019
Visto
La Licitación Pública Nº 23-01-19“Construcción de edificio natatorio en C.E.F. N° 42, primera etapa”; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 2648/2019 del 18 de julio de 2019 se procedió a la adjudicación a la firma Falucho Cooperativa de Vivienda Ltda. de la presente licitación.
Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 73° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará a requerimiento del adjudicatario, conforme lo normado en el Decreto 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires.
Que el Decreto N° 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires y la Resolución 217/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos reglamentario de aquel, prevé que los contratistas podrán optar por solicitar adecuaciones provisorias sucesivas y una redeterminación al final del contrato o solo ésta última.
Que la firma Falucho Cooperativa de Vivienda Ltda. hapresentado la solicitud de adecuación provisoria de precios el 25 de octubre de 2019, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.
Que la Inspección encargada de la obra ha emitido informe en el cual adjunta documentación por la cual se observa que el inicio de obra es en el mes de agosto de 2019.
Que conforme la normativa respectiva a adecuación de precios de obra, en el mes de abril se produce una variación en los precios de los insumos principales superior al cinco por ciento (5 %).
Que el área Gestión de Proceso ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir de los certificados correspondientes al mes de agosto de 2019 en diez con noventa y unopor ciento (10,91 %).
Que ha tomado intervención la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º:Redetermínase el valor de la Licitación Pública N° Nº 23-01-19 “Construcción de edificio natatorio en C.E.F. N° 42, primera etapa” adjudicada a la firma Falucho Cooperativa de Vivienda Ltda. por el monto total de Pesoscatorce millones setecientos treinta y siete mil ocho con sesenta y cincocentavos ($ 14.737.008,65).
Artículo 2º:Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la adecuación N° 1 en Pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil ciento seis con sesenta y ocho centavos ($ 1.450.106,68).
Artículo 3º:El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición N° 1 inclusive correspondiente al mes de agosto. Los precios por ítem determinados por aplicación del nuevo valor adecuado se adjunta como Anexo I y se considera parte del presente Decreto.
Artículo 4º: La erogación a producirse será apropiada a la partida 5.4.6.0 “Transferencias a los gobiernos provinciales para financiar gastos de capital”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 35 – Educación 02 – Apoyo a la Educación General Básica, del Presupuesto de Gastos en vigencia. Fuente de Financiamiento 132 – Recursos Afectados de Origen Provincial, Rubro de Afectación 17.5.01.53.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.
Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Dr. MIGUEL LUNGHI (H) (Subsecretario de Gobierno a/c Secretaria de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)