Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 430/20
General Pueyrredon, 12/03/2020
Visto
lo tramitado mediante Expediente Nº 873-T-2003 - cpo. 1, y
Considerando
Que el agente LONGHI, CARLOS DANIEL - Legajo Nº 24136/1, quien cumple funciones en la caja recaudadora del EMSUR, ubicada en el Cementerio Parque, hizo uso de un día de Franco Compensatorio (código 60) el 28 de febrero del corriente año, y Licencia anual acumulada (código 14) desde el 02 hasta el 15 de marzo del corriente año.-
Que durante ese período fue reemplazado por el agente LUS, MARCOS ARIEL - Legajo Nº 27700/1, quien cumple funciones en la Tesorería del ente.-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Reconócese, desde el 28 de febrero y hasta el 15 de marzo del corriente año, al agente LUS, MARCOS ARIEL - Legajo Nº 27700/1, dependiente de la Tesorería del Ente Municipal de Servicios Urbanos, la atención de la Caja recaudadora ubicada en el Cementerio Parque del EMSUR.-
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, para el período indicado en el artículo 1º del presente Decreto, al agente señalado en el mismo, que desempeñara funciones transitorias de Cajero, la Bonificación establecida en el Art. 41º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, percibiendo por tal concepto la diferencia entre la categoría en que revista: Cargo SECRETARIO ADMINISTRATIVO - (C.F. 5-10-66-01) - módulo 36 horas semanales y la del cargo encomendado: CAJERO - (C.F. 4-18-66-02) - módulo 36 horas semanales.-
ARTÍCULO 3º.- Otórgase, para el período indicado en el artículo 1º del presente Decreto, al agente LUS, MARCOS ARIEL - Legajo Nº 27700/1, el Adicional por Fallo de Caja del TREINTA POR CIENTO (30%), según lo establecido en el Art. 42º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 4º.- El EMSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR y dése intervención a la Contaduría del mencionado Ente.-
Ez/
Dl/
D ´ANDREA MONTENEGRO