Boletines/Chascomús
Decreto Nº 541/17
Chascomús, 28/06/2017
VISA VALE SOCIAL
Visto
El Decreto 622/2015 que define los lineamientos del programa Visa Vale Social; y
Considerando
Que el programa alimentario Municipal Visa Vale Social es trabajado desde la Secretaría de Desarrollo Social;
Que habilita mensualmente a distintos grupos familiares definidos por el Equipo Técnico Municipal a acceder a dicho servicio;
Que en el mes de FEBRERO se contempló la inclusión de 414 familias de la comunidad de Chascomús, con un monto de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SESENTA Y CINCO ($246.065), para VISA VALE SOCIAL dictándose el Decreto 147/17;
Que por un error de carga en el sistema se omitió cargar diez (10) familias de las beneficiarias de los subsidios otorgados mediante el citado Decreto 147/17 por un monto de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE ($4.920);
Que el Municipio abona una comisión del 2% (dos por ciento) sobre el monto acreditado por las prestaciones a cargo del Banco Provincia;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese la transferencia de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE ($4.920), a la cuenta corriente 6942-52881/0 del Banco Provincia, afectada al Programa Alimentario Municipal conforme los subsidios otorgados mediante Decreto 147/17 a los beneficiarios que se detallan a continuación:
N° DE USUARIO |
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
MONTO |
659486808 |
BUSTO/ANGELICA |
21.822.827 |
$ 660 |
659753265 |
DEL FRADE/CARLOS AL |
10.133.826 |
$ 530 |
741811084 |
LUCERO/NORMA ALICIA |
13.613.683 |
$ 660 |
682430528 |
MARCHESSI/LIDIA |
16.178.550 |
$ 400 |
675304548 |
NOVOA Y GONZALEZ/EL |
11.501.528 |
$ 400 |
659753418 |
SANCHEZ/MONICA EDIT |
22.928.796 |
$ 400 |
659487450 |
VERA/LILIANA |
6.356.116 |
$ 400 |
659751870 |
VERA/MARIA DEL CARM |
30.490.585 |
$ 400 |
659751528 |
VERON/CLAUDIA LUJAN |
28.289.156 |
$ 270 |
659751894 |
ZABALETA/MARIA JOSE |
32.827.011 |
$ 800 |
$ 4,920 |
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 30.03.00, Partida 5.1.4.0.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social y el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 5°.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-