Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 481/20
General Pueyrredon, 25/03/2020
Visto
la situación de emergencia sanitaria, producida por irrupción del nuevo coronavirus (COVID 19) y el Decreto DECNU 2020-297-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional y el Decreto 440/2020; y
Considerando
Que en el Decreto 440/2020 dictado por el Señor Intendente del Municipio de General Pueyrredon se establecen medidas de carácter general vinculadas a la emergencia sanitaria y a la situación epidemiológica actual.
Que en ese marco resulta necesario reglamentar algunos aspectos vinculados a la instrumentación, estableciendo parámetros sobre el particular.
Que constituyen insumos fundamentales para el personal que se encuentra trabajando en la emergencia sanitaria contar con barbijos y camisolines.
Que distintas empresas del sector fabril y confeccionistas ofrecieron realizar los insumos referidos con material y personal propio donándolos luego al Municipio de General Pueyrredon.
LOS SEÑORES SECRETARIOS DE GOBIERNO y DESARROLLO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN
R E S U E L V E N
ARTÍCULO 1º.- Establecer que mientras dure la emergencia sanitaria el personal de la industria textil abocado a la fabricación y producción de barbijos y camisolines se encuentra exceptuado de cumplir con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que establece el Decreto DECNU 2020-297-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional, sólo para concurrir a realizar dichas labores.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que mientras dure la emergencia sanitaria los confeccionistas abocados a la confección de barbijos y camisolines se encuentran exceptuados de cumplir con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que establece el Decreto DECNU 2020-297-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional, sólo para concurrir a realizar dichas labores.
ARTÍCULO 3º.- Los empleadores cuyo personal se encuentre incluido en los artículos 1 y 2 del presente, deberán enviar a la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, mediante correo electrónico a la casilla de correo: producción@mardelplata.gov.ar, la nómina del personal afectado a la actividad indicando nombre completo, DNI, categoría laboral, domicilio y horario de trabajo.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, y comuníquese.-
SANTIAGO BONIFATTI FERNANDO G. MURO
Secretario de Gobierno Secretario de Desarrollo Productivo e Innovación
Municipalidad de Gral. Pueyrredon Municipalidad de Gral. Pueyrredon