Boletines/Tandil

Decreto Nº4322/2019

Decreto Nº 4322/2019

Tandil, 15/11/2019

Visto

Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008.
 

Considerando

Que se ha comprobado el cese de la actividad económica del local sito en Av. España Nº 699 con fecha de cese del 28 de junio de 2018, cuyo titular es Reymundez Eduardo Javier y Reymundez Jonathan, sin que el mismo haya cumplido con la obligación fiscal de tramitar las baja respectiva (habiendo sido intimado).

Que de la documentación obrante surge que ha iniciado actividad bajo el código de rubro “Servicios de expendio de comidas y bebidas en bares, cafeterías y pizzerías” -con fecha de inicio de actividades 1 de diciembre de 2017.

 

 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Dese de baja de oficio, como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación:

 

Titular:

Reymundez Eduardo Javier y Reymundez Jonathan

Domicilio Comercial:

Av. España Nº 699

CUIM Asignado:

30-71550985

Cuenta TUAE

30498/000

Rubro:

552112- Servicios de expendio de comidas y bebidas en bares, cafeterías y pizzerías

Fecha Cese de Actividad:

28 de junio de 2018

 

Artículo 2°:Intímase al contribuyente para que dentro de los diez (10) días de notificado,  realice las declaraciones juradas que se encuentren pendientes, de corresponder, y abone los gravámenes adeudados hasta la fecha de la comprobación del cese de actividades, con más los intereses y multas previstos en el artículo 43º de la Ordenanza Fiscal vigente y decretos reglamentarios. Cumplido dicho trámite se procederá a la determinación, liquidación y certificación de la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas a fin de iniciar proceso de ejecución judicial de la misma.

 

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

 

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, determinará y liquidará la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas, Unidad de Habilitaciones, Dirección de Rentas y Finanzas quien certificará la deuda mencionada, Dirección General de Inspección y Habilitaciones quien realizará el retiro de certificado de habilitación de corresponder, y oportunamente archívese.

Firma: Lic. DANIEL BINANDO (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)