Boletines/Pinamar
Ordenanza Nº 5023/17
Pinamar, 30/06/2017
VISTO:
El Expediente Nº 4123-0274/2017 C-1 caratulado: "MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL BS. AS. ACTA ACUERDO S.A.E.".
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/8, se adjunta ACTA ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SAE (Servicio Alimentario Escolar) celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia Buenos Aires y la Municipalidad de Pinamar.
Que a fojas 10 Asesoría Letrada emitió dictamen al respecto, no teniendo observaciones jurídicas que formular sobre el modelo de Acta Acuerdo para la implementación del S.A.E.-
Que a fojas 29 obra Proyecto de Ordenanza convalidando el Convenio mencionado en el párrafo anterior.
Que a fojas 31 se elevan las presentes actuaciones al Honorables Concejo de Deliberante para su tratamiento y análisis.
Que a fojas 33/36 se adjunta pretensión anulatoria sobre el Decreto 2.077/2016 donde la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires decreta realizar una prueba piloto otorgando la Administración del SAE a los Municipios adheridos al mismo. De la documentación acompañada surge que la medida cautelar incoada fue resuelta satisfactoriamente suspendiéndose de este modo los efectos del Decreto 2.077/16.
Que con fecha 6/06/2017 se incorporó nuevo dictamen judicial que dio lugar a recurso de queja intentando revocar la resolución impugnada en cuanto, concede el recurso de apelación con efecto devolutivo por considerar que está en ciernes la implementación de un servicio tendiente a preservar el interés público.
Que la Comisión de Legales a través de su Presidente solicitó al Consejo Escolar que emita un informe sobre el funcionamiento del servicio de los comedores escolares en los diferentes establecimientos.
Que el resultado del referido informe arroja falencias sobre diferentes problemáticas (faltantes de freezer, alacenas y heladeras y utensilios de cocina), no relacionadas concretamente con la información requerida, y en referencia a lo solicitado se informa que en su mayoría el servicio de comedor en los diferentes establecimientos consultados funciona con normalidad.
Que integrantes del Consejo Escolar manifiestan que el dinero otorgado al Municipio con esta nueva modalidad se ha incrementado y si bien no hay quejas tampoco se observa una mejoría en el servicio.
Que con respecto a las partidas de dinero para mejoras edilicias específicamente en las cocinas las mismas no han sido llevadas a cabo (fs. 47).
Que los Bloques de PROPIN y FPV consideran que el SAE es una atribución de los Consejos Escolares establecida en la Constitución de la Provincia conforme lo establecido en su Artículo 202, observándose que el traspaso del servicio al área de Acción Social Municipal no arrojó mejoras de importancia que justifiquen la decisión política tomada.
Que de acuerdo a la pretensión del Gobierno según el Acta Acuerdo del Visto que radica en garantizar la cobertura nutricional uniforme, la Comision considera que se deberían arbitrar todos los medios para restituir el servicio alimentario a los 25 niños de la Escuela Nº 5 Antártida Argentina.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente:
Ordenanza Nº 5023/17
ORDENANZA
ARTICULO 1: Convalidase Acta Acuerdo obrantes a fs. 22/27 del Expediente Nº 4123-0274/17 C-1, celebrado entre esta Comuna y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires en el marco del Servicio Alimentario Escolar.
ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.
Sala de Sesiones, 30 de junio de 2017