Boletines/Tandil

Decreto Nº4581/19

Decreto Nº 4581/19

Tandil, 02/12/2019

Visto

El Convenio suscripto entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tandil.

Que la Municipalidad en el marco del Programa Autonomía Joven toma a su cargo la Coordinación del “Equipo Técnico Territorial”.

Considerando

La Cláusula Cuarta del Convenio referido.

Que al respecto se han expedido la Secretaría de Economía por sus áreas la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPALDE TANDIL

DECRETA

Artículo 1º:Autorízase a Contaduría General a extender órdenes de pago por la suma total de Pesos cuarenta y cinco mil  ($ 45.000,00) a favor de las personas que se detallan seguidamente a razón de Pesos nueve mil ($ 9.000,00),mensuales por el período comprendido entre el 1 de Octubre y 31 de Diicembre, ambos de 2019, en el marco del Programa de Autonomía Joven implementado en el marco del Convenio suscripto entre el Municipio de Tandil y el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires:

 

PROFESIONAL                                                                      

  • Ana Paula Bellusci – CUIT 27-36671946-1
  • DONOSO NATALIA INÉS – CUIT 23-32181191-4                        
  • HERNÁNDEZ MARÍA LUZ – CUIT 27-34472921-8                       
  • RICCI MARÍA FLORENCIA – CUIT 27-31433439-1                      
  • WATTS MARÍA LAURA – CUIT 27-30240533-1                           

 

Artículo 2º: La erogación será imputada a la partida 3.4.9.0. “Servicios técnicos y profesionales –Otros”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28– Desarrollo Social, Actividad 01 – Atención Programática del Presupuesto de Gastos vigente.

 

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica,  Contaduría General y oportunamente archívese.

 

Firma: ALEJANDRA ELIZABETH MARCIERI (Secretario de Desarrollo Social) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)