Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 428/20
General Pueyrredon, 12/03/2020
Visto
el presente actuado por el que tramita la contratación directa del servicio de MANTENIMIENTO PREVENTIVO/CORRECTIVO de equipo RESONADOR MAGNETICO ACHIEVA 1.5T, MARCA PHILIPS, instalado en el Centro de Especialidades Medicas Ambulatorias (CEMA); y
Considerando
Que por Solicitud de Pedido Nº 136/20 la Secretaría de Salud solicita la contratación a la firma PHILIPS ARGENTINA S.A. para la prestación del servicio de mantenimiento PREVENTIVO y CORRECTIVO del equipo de diagnóstico RESONADOR MAGNÉTICO ACHIEVA 1.5T, MARCA PHILIPS, propuesta denominada “PROTECTION”.
Que dicha propuesta incluye: a) la mano de obra y viáticos necesarios para realizar los mantenimientos preventivos y correctivos en cantidad ilimitada; b) horario normal de trabajo lunes a viernes hábiles de 8:30 a 17:30 hs; c) asistencia telefónica a través de call center fuera del horario normal de trabajo (24 hs todos los días), a través de servicio de guardia telefónica; d) instalación de Acciones de Mejora (FCO’s) sugeridas por el fabricante, con la finalidad de mejorar y optimizar el funcionamiento del equipo; e) todos los repuestos comunes y consumibles necesarios para garantizar el correcto funcionamiento del equipamiento, entendiendo por consumibles a las bobinas; f) materiales y repuestos para realizar los mantenimiento preventivos; g) Tiempo de respuesta telefónica inicial menor a 4 horas hábiles y “on site” dentro de las 24 horas hábiles.
Que el presupuesto no incluye el mantenimiento de Chiller, la provisión de helio líquido, helio gaseoso, ni el reemplazo de magneto.
Que la firma PHILIPS MEDICAL SYSTEMS NEDERLAND B.V. resulta ser el fabricante del equipo objeto del servicio que se auspicia contratar en autos, la cual autoriza mediante Carta glosada en los presentes, con facultades comerciales y regulatorias en Argentina para todos los dispositivos/equipos médicos marca Philips, así como sus accesorios, partes y servicios a la firma PHILIPS ARGENTINA S. A.
Que otro punto importante a destacar de la contratación a la firma Phillips es el acceso al servicio técnico que posee el equipo, a través de claves encriptadas generadas por la fabricante, que cambian rutinariamente y no se entregan a otras empresas ni al comprador del equipo por razones de seguridad.
Que, asimismo, la Secretaría de Salud destaca que el equipo en cuestión es identificado como Clase IV dentro de la categoría EQUIPO MÉDICO ACTIVO PARA DIAGNÓSTICO, lo que conlleva un riesgo directo sobre el paciente ante falla inminente debido a falta de un correcto mantenimiento.
Que la Contaduría Municipal a fojas 16 se expide en los términos de su competencia.
Que la presente contratación se enmarca en las disposiciones de los artículos 156 inciso 1º de la Ley Orgánicas de las Municipalidades, y 100º del Dto. Pcial. 2980/00.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Contrátase en los términos del artículo 156 inciso 1) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el plazo de un año, el Servicio de Mantenimiento PREVENTIVO y CORRECTIVO del equipo de diagnostico RESONADOR MAGNETICO ACHIEVA 1.5T , MARCA PHILIPS instalado en el Centro de Especialidades Medicas Ambulatorias (CEMA), conforme la propuesta denominada “PROTECTION”, a la firma PHILIPS ARGENTINA S.A., por la suma total de PESOS SEIS MILLONES TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ 6.036.420); pagaderos mensualmente contra cumplimiento de la prestación, a razón de $ 503.035 por mes; por el término de un año, desde la adjudicación.
ARTÍCULO 2º: El egreso autorizado en el artículo precedente se imputará a la siguiente partida:
FIN/FUN |
PROG. |
INC. |
P. P |
P. p |
P. Sp |
F. Fin |
INSTITUCIONAL |
UER |
IMPORTE |
3-1-0 |
35.00.00 |
3 |
3 |
3 |
0 |
131 |
1110108000 |
8 |
$6.036.420 |
ARTÍCULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Salud.
ARTÍCULO 4°. Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, Contaduría General y Tesorería Municipal.
BERNABEI BLANCO MONTENEGRO