Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 476/20
General Pueyrredon, 18/03/2020
Visto
la situación producida por irrupción del nuevo coronavirus (COVID 19), la Ley 14656, la Ordenanza Nº 20760 –Régimen para el Personal Docente Municipal- y los Decretos Nº 440/20, 442/20, 471/20, 472/20 y
Considerando
Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario implementar acciones y políticas excepcionales con el objeto de abordar la situación, permitiendo brindar al vecino y a los agentes herramientas ágiles a fin de cumplimentar tramitaciones en diversas áreas del Municipio.
Que el artículo 25º del Régimen para el Personal Docente Municipal requiere que “…Aquellos docentes que hubieran aprobado el concurso de ingreso a la docencia deberán someterse a examen psicofísico como medida previa a su designación, pudiendo reiterarse dicho examen cada vez que las autoridades competentes lo requieran. …”
Que el artículo 68 de la Ley 14656 expresa que uno de los requisitos para la admisibilidad de trabajadores municipales es: “ …b) aprobar el examen de salud psicofísico preocupacional, de carácter obligatorio, en la forma que determine el Departamento Ejecutivo”.
Que a la fecha, el personal médico de la Secretaría de Salud se encuentra plenamente abocado a la emergencia sanitaria, por ser considerado esencial y en otros casos ha mermado por encontrarse con licencia de carácter excepcional, lo que dificulta la atención de los agentes para el cumplimiento del requisito de examen psicofísico preocupacional.
Por ello, en uso de sus atribuciones
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
Y DE GOBIERNO
R E S U EL V E
ARTICULO 1º.- Diferir el cumplimiento del requisito de examen psicofísico, como medida previa a su designación, para los docentes que ingresan al sistema educativo municipal.
ARTICULO 2º.- Diferir el cumplimiento del requisito de examen de salud psicofísico preocupacional, para la admisibilidad de trabajadores auxiliares de la educación municipal.
ARTICULO 3º.- Que el expresado requisito deberá ser cumplimentado y presentado de manera inmediata, una vez que el Departamento Medicina del Trabajo normalice su servicio.
ARTICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar.
BONIFATTI PUGLISI