Boletines/Vicente López
Decreto Nº 3481/17
Vicente López, 09/08/2017
CORRESPONDE EXPTE N° 1879/2017.-
Visto
La necesidad de proceder a regularizar los aspectos contractuales con relación al espacio donde funciona la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente de la Secretaría de Coordinación; inmueble ubicado en la estación Ferroviaria de Borges del Tren de la Costa
Considerando
Que, resulta ineludible la confección del Permiso Precario de Uso (PPU) por el período comprendido entre el 01 de Noviembre 2016 0-31 de Octubre del 2017;
Que, se han mantenido reuniones entre el Municipio y la Sociedad Operadora Ferroviaria del Estado (SOFSE) en su carácter de operadora integral del servicio, arribando a un acuerdo respecto del monto del canon mensual a abonar por el inmueble;
Que, a fs. 23 obra la Solicitud de Gastos correspondiente al período comprendido entre los meses de Enero a Octubre del 2017;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias,
DECRETA
ARTICULO 1°.- SUSCRIBASE el Permiso Precario de Uso entre la Municipalidad de Vicente López y la Sociedad Operadora Ferroviaria del Estado (SOFSE); de conformidad a las pautas que se detallan:
a) Permiso Precario de uso desde el 01 de Noviembre de 2016 al 31 de Octubre del 2017 con relación al inmueble ubicado en el ámbito de la Estación Borges — calle Juan Bautista Alberdi 830, que corresponde a un local con una superficie de 150 m2.(CODIGO DEL INMUEBLE TDCBOR02). El monto total del PPU es de $ 217.800, correspondiente a un canon mensual de $ 18.150.-
b) Período 2016: $ 36.300. — Que se tramitará por Legítimo Abono.
c) Período 2017: $ 181.500.-
ARTICULO 2°.- ABONESE a la Sociedad Operadora Ferroviaria del Estado (SOFSE):
ARTICULO 3°.- CONVALIDESE la ocupación del inmueble en cuestión; durante el período comprendido desde el 01/11/2016 hasta a la fecha de Suscripción del Permiso Precario de Uso
ARTICULO 4°.- Por la Subsecretaría de Desarrollo Económico procédase a efectuar el trámite correspondiente a la regularización de los meses de Noviembre y Diciembre del 2016 ante el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los art. 12 y 2° deberá debitarse de la Unidad Ejecutora 1110134000 - Secretaria de Coordinación, Fuente de Financiamiento 110, Categoría Programática 18.00.00; Partidas 3210 — 3110 y 3120.
ARTICULO 6°.- Refrende el presente los Secretarios de Coordinación y de Hacienda.
ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Coordinación (Subsecretaría de Desarrollo Económico), Secretaría de Hacienda (Dirección Gral de Contaduría, Dirección General de Compras, Dirección de Tesorería).
ARTICULO 8°.- DÉSE al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese
Fdo: Macri- Baistrocchi- Alvarez