Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 18/2020
Balcarce, 12/03/2020
VISTO:
El expediente de Prescripción Administrativa Ley Nº 24.320 Nº 4008-9288/A/2019, iniciado por la Municipalidad de Balcarce, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Balcarce se encuentra en proceso de regularización de tierras.
Que la identificación catastral de los inmuebles a escriturar es la nomenclatura: Circ. XI, Secc. B, Chacra 70, Parc. 21 de la ciudad de Balcarce.
Que el predio que se pretende prescribir es producto de una cesión de derechos posesorios a la Municipalidad de Balcarce.
Que la posesión corresponde a la Municipalidad de Balcarce por cesión de acta otorgada por el Señor Antonio Forte al Señor Intendente Municipal el día 3 de enero de dos mil veinte.
Que la Dirección de Regularización Dominial constató que el Señor Antonio Forte ostentaba, hasta el mismo momento de la cesión, el carácter de poseedor con animus domini de forma pacífica, pública e ininterrumpida por más de 20 años.
Que el cedente ha sido autentico poseedor por más de veinte años de los inmuebles cuyos datos son: Circ: XI, Secc. B, Chacra 70, Parc. 21, Partida Inmobiliaria 08-562, haciendo fe de lo expuesto a través de su intención constante en el cuidado, mantenimiento y ocupación.
Ante ello, se ha procedido a cumplimentar los medios legales disponibles para regularizar la situación dominial de las tierras del Partido de Balcarce.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 18/20
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase el Decreto Nº 015/20 de aceptación de la cesión con cargo, efectuada por el Señor Antonio Forte, a favor de la Municipalidad de Balcarce, con referencia al siguiente inmueble designado según matricula 3206: 1.- Un lote de terreno con todo lo cercado plantado y demás adherido al suelo con frente a calle 24 e/ 53 y 55 de la ciudad y Partido de Balcarce, designado según titulo como parcela 21 de la Chacra 70, con una superficie total de 1250 m2. El mismo con las siguientes medidas, linderos y superficies: compuesta de 25 metros de frente al nord-oeste por 50 metros de fondo. Lindero por su frente con calle en medio parte de la chacra 39; al sud-oeste y sud-este con más terreno de la chacra 42 y al nord-este con fracción de Lalli.- NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción 11 Sección B Chacra 70 Parcela 21.- GUIA DE CONTRIBUYENTES: Partida Número 008-562.--------------------------------------
ARTÍCULO 2.- Declárase la prescripción adquisitiva, sobre el inmueble designado según matrícula 3206, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción XI, Sección B, Chacra 70, Parcela 21, Partida Inmobiliario 008-562, con una superficie total de 1250 m2, en virtud de haberse acreditado la posesión continua, cedida a la Municipalidad de Balcarce, durante más de veinte años sobre el inmueble descripto y lo dispuesto por la Ley Nº 24.320.--------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3.- Oportunamente, y por medio de la Asesoría Legal de la Municipalidad de Balcarce, tramítase el correspondiente plano de prescripción adquisitiva por medio de la Ley Nº 24.320, Ley 9533/80 y la DTR Nº 1/1982. Cumplido ello, envíese a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de su registración a favor de la Municipalidad de Balcarce y la cancelación de la actual inscripción que consta a la matricula Nº 3206 a favor de Antonio Forte.------------------------
ARTÍCULO 4.- CARGO: Una vez concretada la inscripción de dominio a nombre de la Municipalidad de Balcarce, por la vía autorizada por la Ley Nº 24.320, se transferirán tres lotes, en favor del aquí cedente, que respectivamente se identifican catastralmente de manera provisoria según croquis que se acompaña al presente como Circunscripción XI, Sección A, Chacra 70 Parcelas 21a, 21b y 21c.-. En tanto, permanecerá a nombre de la Municipalidad de Balcarce las medidas necesarios que en el croquis que se aneja correspondiente a la futura apertura de la calle 53.-------------------------------------------
ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-------------------------------
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los doce días del mes de marzo de dos mil veinte. FIRMADO: Leandro Spinelli-PRESIDENTE- Mercedes Palmadés – SECRETARIA-------------------------------------------