Boletines/Puan

Ordenanza Nº6677/17

Ordenanza Nº 6677/17

Puan, 28/06/2017

Corresponde al Expediente Nº402/16

ORDENANZA

ORDENANZA Nº  6 6 7 7 / 1 7

 

ARTÍCULO  1°.-  Incorpórese al inciso 32)  del ARTÍCULO 48°, de la ORDENANZA  IMPOSITIVA N° 6564/16, vigente para el ejercicio 2017, lo que a continuación se detalla y que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 48°.- De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal, se abonarán de acuerdo a los siguientes importes fijos o litros de gas oil según se especifique en cada caso: 32) Por Derecho a uso de las instalaciones de la Pileta Climatizada de Darregueira y Puan de abonarán los siguientes aranceles: j) Se establecen los siguientes valores diferenciados a cobrar por grupo familiar primario, con hijos en edad escolar (hasta 18 años): j1) Primer familiar abona $ 400,00, j2) Segundo familiar abona $ 300,00, j3) Tercer familiar abona $ 200,00, j4) A partir del cuarto familiar abona $ 100,00.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y  cumplido,  archívese.

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.­­- 

FIRMADO: Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa. Stella Maris Krieger, Presidente.