Boletines/Chascomús
Resolución Nº 21/20
Chascomús, 23/01/2020
Visto
La Ordenanza Impositiva vigente; y
Considerando
Que en la misma se establece, en su artículo 50º, que el valor a abonar por las siguientes tasas será calculado en función del Valor del Módulo del Sueldo básico del Empleado Municipal, Categoría Ingresante 35 hs.
Que a continuación enumera los tributos cuyo valor se fija en base a módulos, indicándose que el valor del módulo será el 1% del Sueldo del Empleado Municipal Categoría Mínima vigente para el mes anterior al del vencimiento de cada cuota.
Que el Decreto Nº 1112/19 estableció una nueva escala salariar, con vigencia a partir del 1º de enero de 2020.
Que, según el Anexo I de dicho Decreto, el haber del “Ingresante c1” de 35 hs. es de $ 18.026,19 a partir de la última fecha referida.
Que, por lo tanto, el valor del módulo deberá establecerse en la suma de $ 180,26, es decir, el 1% del valor del sueldo antes referido, a partir del 01/02/2020.
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones.
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Actualícese el valor del módulo de acuerdo a lo establecido en el artículo 50º de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTICULO 2°.- El valor del módulo se fija en una suma equivalente al uno por ciento (1%) del sueldo del empleado municipal categoría mínima, ”Ingresante c1 de 35 hs”, establecido en el Anexo I del Decreto 1112/19.
ARTICULO 3°.- El valor fijado en el artículo 2º será de PESOS CIENTO OCHENTA CON 26/100 ($ 180,26) y tendrá vigencia para las cuotas y anticipos de tributos municipales o cualquier otra obligación que esté determinada en módulos, cuyo vencimiento o exigibilidad opere a partir del 01 de Febrero de 2020.
ARTICULO 4°.- Notifíquese a la Secretaría Privada, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Obras, Secretaría de Servicios, Secretaría de Salud, Hospital San V. de Paul, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Asuntos Legales, Cómputos, Compras, Oficina de Guías, Licencias de Conducir, Juzgado de Faltas, Secretaría de Seguridad, Dirección de Defensa Civil, Bromatología, Habilitaciones, Catastro, Cementerio y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-