Boletines/Chascomús
Resolución Nº 15/20
Chascomús, 16/01/2020
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-143378/LL sobre “Solicitud de cambio de contribuyente y prescripción deuda tributaria Partida 25.244” iniciado por la Sra. María Eugenia del Rosario LLAMES; y
Considerando
Que se presenta la peticionante solicitando el cambio de contribuyente y la prescripción de deuda por Tasas Municipales que posee la Partida Inmobiliaria Nº 25.244.
Que prima facie surge de la Información Sumaria tramitada por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús y de las cesiones de derechos y acciones efectuadas por instrumento privado que la peticionante es Cesionaria de los derechos que detentaba la Sra. Campero Verónica Ester como ocupante del inmueble citado.-
Que acompaña también copia de informe de dominio mediante el que se constata la titularidad del mismo a favor de Marino, Horacio Francisco (casado con Myriam del Carmen Constancio); Manghi, Armando Carlos (casado con María Ester González); y Fontana Heber Hugo (casado con María Libia Urcaregui).
Que por su parte de los registros municipales no surge consignado contribuyente ni domicilio fiscal.
Que respecto de la prescripción de la deuda existente, cabe señalar que se ha verificado que la Partida Nº 25.244 registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción, no habiéndose constatado interrupción de dicho plazo (conf. artículo 278 LOM) por lo que en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partidas Nº 25.244 desde la cuota 1/1992 hasta la cuota 6/2012, inclusive.
En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que habiéndose acreditado prima facie el carácter de cesionaria en la posesión del mismo, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales solicitado consignándose como tal a la Sra. LLAMES, María Eugenia del Rosario, DNI Nº 25.836.593, (conf. art 1909 y concordantes del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle La Porteña Nº 122 de ésta ciudad y domicilio fiscal electrónico constituido en mariaellames @gmail.com (conf. art. 12 bis O.F) como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales hasta la cuota 6ª/2012.
Por ello, los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta en uso de sus atribuciones.
RESUELVEN
ARTICULO 1º.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 25.244, a favor de la Sra. LLAMES, María Eugenia del Rosario, DNI Nº 25.836.593, (conf. art 1909 y concordantes del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle La Porteña Nº 122 de ésta ciudad y domicilio fiscal electrónico constituido en mariaellames @gmail.com (conf. art. 12 bis O.F).-
ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 1/1992hasta la cuota 6/2012, inclusive.-
ARTICULO 3°.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.
ARTICULO 4°.- Notifíquese a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, peticionante al domicilio fiscal electrónico constituido, y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-