Boletines/Nueve de Julio
Resolución Nº 3/20
Nueve de Julio, 05/03/2020
Visto
El Expediente Municipal Nº 4082-130/2020 que tiene por objeto el resarcimiento de los daños provocados en la vía pública al automóvil propiedad de la Sra. Schifino Alicia, lo dictaminado por el Sr. Asesor Legal y Técnico, y la documentación obrante en el expediente de referencia.
Considerando
Que en fecha 5 de febrero de 2020 la Sra. Alicia Schifino con DNI: 5.676.760 con domicilio en calle Arturo Frondizi Nº 1044 de la Ciudad de Nueve de Julio, interpuso formal reclamo administrativo, tendiente a la reparación de los daños que sufriera el vehículo de su propiedad, Ford Focus Sedan 5 puertas modelo XH-FOCUS 5P 1.6L N MT S año 2015, a raíz del impacto contra un montículo de escombros sobrantes de una obra de asflato.
Que la Sra. Schifino reclama la suma de pesos quince mil ($15.000), cuyo monto se deriva del presupuesto emitido por Lagorio Victor Reynaldo y Lagorio Alfredo (Taller de Chapa y Pintura) acompañado en fojas 5, y de la franquicia cubierta por su seguro según informa en fojas 1.
Que de acuerdo a su versión de los hechos, el día 1 de febrero de 2020 sedirigia con su vehículo Ford Focus 1.6 L N MT S, Modelo 2015 por la calle DR. WEST y al tomar la calle PORATTI impacta con una montaña de escombros sobrantes de la obra de asfalto sin señalizar, la cual se encontraba en medio de la calle, no pudiendo esquivarla, dañando su vehículo conforme se evidencia en las copias fotostáticas que adjunta.
Que a fojas 10 obra un informe del Secretario de Obras y Servicios Públicos en el cual menciona que los escombros que se aprecian la foto de fojas 3 acompañada por la denunciante son producto de un arreglo en el pavimento realizado por ABSA, los cuales fueron vallados en su oportunidad, y en el momento en que retiraron esas dichas vallas no dieron aviso al municipio como en otras oportunidades para que desde la municipalidad se proceda a su retiro.
Que sin perjuicio de lo informado por el Secretario de Obras y Servicios Publicos en lo que respecta a ABSA, analizadas las constancias de autos, es dable inferir la responsabilidad del Municipio toda vez que el siniestro fue causado en un espacio accesorio de uso público que pertenece al dominio público municipal, -sin dejar de resaltar que ha sido un hecho impredecible- existiendo el deber de reparar en virtud del deber de control y conservación que tiene la municipalidad de 9 de Julio sobre las áreas en que ocurrió el accidente, incluyendo la protección de esos lugares, debiendo en tal sentido desempañar una función preventiva que emerge del ejercicio del poder de policía que le es propio conforme art. 190 y 192 inc 4 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y jurisprudencia aplicada a la materia la cual al respecto ha dicho que “el uso y goce de los bienes de dominio público por los particulares importa la correlativa obligación de la autoridad respectiva de colocarlos en condiciones de ser utilizados sin riesgos (C.S.J.N., Fallos: 315:2834, “Pose”).-
Por ello, éste Departamento Ejecutivo, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
ARTICULO 1º: Hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto por la Sra. Schifino Alicia con número de documento 5.676.760, disponiéndose el pago de la suma de pesos QUINCE MIL ($15000) en concepto de indemnización por los daños producidos en el vehículo de su propiedad Marca Ford Focus Sedan 5 puertas, Modelo XH-FOCUS 5P 1.6L N MT S año 2015, dominio ORM815, en el siniestro de fecha 1 de febrero de 2020.
ARTICULO 2º: Hágase saber a la Sra. Schifino Alicia sobre la resolución aquí dispuesta a los fines de que tome conocimiento sobre el pago que dispone a su favor.
ARTICULO 3º: Liquídese el pago de la suma mencionada por intermedio del área correspondiente.
ARTICULO 4º: Comuníquese. Fecho, regístrese