Boletines/Ezeiza
Decreto Nº 121/20
Ezeiza, 30/01/2020
Visto
el Expediente Nº 20271/2019 y,
Considerando
Que, por Decreto Nº 946/19 se otorgo al Sr. Ibarra Ramón Antonio D.N.I. 26.514.674 con domicilio en la calle San Salvador Nº 113 de la Localidad de Tristán Suarez, Partido de Ezeiza, la suma de $ 12.900.- (Doce Mil Novecientos) en concepto de subsidio.
Que, a pesar de los reclamos realizados no se obtuvo respuesta.
Que, el importe faltante de la rendición es de $ 12.900.- (Doce Mil Novecientos) en concepto de subsidio.
Que, se debe proceder de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º. Se deja estipulado que el Sr. Ibarra Ramón Antonio D.N.I. 26.514.674 con domicilio en la calle San Salvador Nº 113 de la Localidad de Tristán Suarez, Partido de Ezeiza, no podrá recibir ningún tipo de subvención o subsidio a partir de la firma del presente por haber incumplido con la rendición correspondiente tal cual lo establecía el Art. 3º del Decreto Nº 946/19.
ARTICULO 2º. Lo determinado en el Articulo Primero es en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 3º. Independientemente de lo establecido en el presente, procédase al recupero de las sumas faltantes de Rendición $ 12.900.- (Doce Mil Novecientos) en concepto de subsidio, con más los intereses que correspondan.
ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome conocimiento Contaduría. Hecho, archívese.-