Boletines/Ezeiza
Decreto Nº 119/20
Ezeiza, 30/01/2020
Visto
el Expediente Nº 20268/2019 y,
Considerando
Que, por Decreto Nº1063/19 se otorgo a la Sra. Pereyra Anabella Maura D.N.I. 31.094.210 con domicilio en la calle Pampa de Achala Nº 125 Carlos Spegazzini, Partido de Ezeiza, la suma de $22.799,99.- (Pesos Veintidós Mil Setecientos Noventa y Nueve con 99/100) en concepto de subsidio.
Que, a pesar de los reclamos realizados no se obtuvo respuesta.
Que, el importe faltante de la rendición es de $999,99.- (Pesos Novecientos Noventa y Nueve con 99/100).
Que, se debe proceder de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º. Se deja estipulado que la Sra. Pereyra Anabella Maura D.N.I. 31.094.210 con domicilio en la calle Pampa de Achala Nº 125 Carlos Spegazzini, Partido de Ezeiza, no podrá recibir ningún tipo de subvención o subsidio a partir de la firma del presente por haber incumplido con la rendición correspondiente tal cual lo establecía el Art. 3º del Decreto Nº 1063/19.
ARTICULO 2º. Lo determinado en el Articulo Primero es en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 3º. Independientemente de lo establecido en el presente, procédase al recupero de las sumas faltantes de Rendición $999,99.- (Pesos Novecientos Noventa y Nueve con 99/100) con más los intereses que correspondan.
ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome conocimiento Contaduría. Hecho, archívese.-