Boletines/Ezeiza
Decreto Nº 117/20
Ezeiza, 30/01/2020
Visto
el Expediente Nº 20264/2019 y,
Considerando
Que, por Decreto Nº951/19 se otorgo a la Sra Nociti Estefania Belen D.N.I. 39.985.903 con domicilio en la calle Gral. Paz Nº 455 de la Localidad de Tristán Suarez, Partido de Ezeiza, la suma de $65.000 (Pesos Sesenta y Cinco Mil) en concepto de subsidio.
Que, a pesar de los reclamos realizados no se obtuvo respuesta.
Que, el importe faltante de la rendición es de $65.000 (Pesos Sesenta y Cinco Mil)
Que, se debe proceder de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º. Se deja estipulado que la Sra. Nociti Estefania Belen D.N.I. 39.985.903 con domicilio en la calle Gral. Paz Nº 455 de la Localidad de Tristán Suarez, Partido de Ezeiza, no podrá recibir ningún tipo de subvención o subsidio a partir de la firma del presente por haber incumplido con la rendición correspondiente tal cual lo establecía el Art. 3º del Decreto Nº 951/19.
ARTICULO 2º. Lo determinado en el Articulo Primero es en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 3º. Independientemente de lo establecido en el presente, procédase al recupero de las sumas faltantes de Rendición $65.000 (Pesos Sesenta y Cinco Mil) con más los intereses que correspondan.
ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome conocimiento Contaduría. Hecho, archívese.-