Boletines/Puan
Decreto Nº 557/2020
Puan, 17/03/2020
Visto
la propagación de la Pandemia (Dictada por la OMS), el Decreto Nacional de Urgencia nº 260 / 2020 y de la Provincia de Buenos Aires número 132 / 2020; y
Considerando
Que por medio del Decreto ad-referéndum N° 546/20 el Municipio de Puan se adhiere al Decreto Nº 132/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y declara la Emergencia Sanitaria en el ámbito del Distrito.
Que el virus que causa el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona.
Que su rápida propagación supone un riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio.
Que dicha vigilancia implica monitorear brotes y contribuir al conocimiento de las enfermedades, sus complicaciones y secuelas, a fin de respaldar la toma de medidas de prevención, asistencia y rehabilitación en sus diferentes manifestaciones.
Que el país se encuentra en estado de alerta para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada; la situación actual en fase de contención, permite detectar casos sospechosos de manera temprana, asegurar el aislamiento de los mismos, brindar la atención adecuada a los pacientes, e implementar las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Que sin perjuicio de lo expuesto, es menester actuar con firmeza y llevar tranquilidad a los vecinos del Partido de Púan, mediante el trabajo coordinado de sus efectores de salud, funcionarios y ciudadanos previniendo el ingreso, y ante el posible ingreso de la pandemia y, ante casos detectados en el Distrito, un tratamiento adecuado.
Que a tal fin, resulta necesaria la creación de un Comité de Crisis, a los efectos de planificar, implementar y coordinar acciones en torno a la prevención y contención de la pandemia de COVID-19, trabajado en consonancia con organismos Nacionales, Provinciales y Regionales.
Que, al ser ésta facultad del H. Concejo Deliberante, se dicta el presente de manera ad-referéndum.
POR ELLO y el uso de sus atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A :
Artículo 1º.- Se crea en el ámbito del Distrito de Puan el COMITÉ DE CRISIS, a los efectos de coordinar acciones en torno a la prevención y contención de la Pandemia de COVID-19.
Artículo 2º.- Se establecen como OBJETIVOS del Comité mencionado en el artículo 1° los siguientes:
Artículo 3º.- Se establece que el Comité establecido por el Artículo 1° será coordinado por la Dirección del Ente Descentralizado de Salud y estará compuesto por los siguientes --------------- integrantes, pudiéndose incorporar más miembros de considerarse necesario:
Artículo 4º.- El comité tendrá, a su vez, la facultad de llevar adelante medidas adicionales en el ámbito del distrito de Puan, sin perjuicio de aquellas dictadas por autoridades ---------------- nacionales y provinciales, y asesorar al Sr. Intendente Municipal en la implementación de dichas políticas.
Artículo 5º.- El presente decreto se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 6º.- Se da al Registro Oficial; se pasa al Ente Descentralizado de Salud, a Prensa y a todas las demás Áreas Municipales; se comunica, cumple y archiva.