Boletines/General Villegas

Resolución Nº402/17

Resolución Nº 402/17

General Villegas, 02/05/2017

Visto

El Expediente Nº 751/16, correspondiente al trámite de la habilitación comercial de la firma LP Comunicaciones S.H. de Piñel Mauricio y Landeira Piñeyro Patricio Daniel, dedicado a la explotación del rubro “Telefonía Celular y Artículos Afines”, con fecha de alta 26 de noviembre de 2015; y

Considerando

Que se labraron Acta de Inspección Nº 3719 y Censo de Comercio e Industria Nº 3971, declarando poseer un (1) empleado en relación de dependencia (fojas 15 y 16).

Que División Obras y Servicios Públicos interviene a fojas 18, suministrando los datos del inmueble.

Que por Expediente Nº 751/16 Alcance 1, agregado a fojas 43, el recurrente de la firma solicitó el cese de la actividad, con fecha 20 de enero de 2017.

Que por Acta de Constatación Nº 5678, adjuntada a fojas 46, se verifica que el comercio se encuentra totalmente cerrado, con fecha 31 de enero de 2017.

Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las Tasas Municipales, devengadas durante el período en el que desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.

Que División de Comercio e Inspección General interviene, solicita se dicte el acto administrativo tendiente a otorgar la habilitación del comercio.

Que a fojas 50 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación al solo efecto de percibir las tasas municipales, del comercio dedicado a la explotación del rubro “TELEFONIA CELULAR Y ARTICULOS AFINES”, denominación comercial “LP COMUNICACIONES”, de la razón social “LP COMUNICACIONES SOCIEDAD DE HECHO” DE PIÑEL MAURICIO Y LANDEIRA PIÑEYRO PATRICIO DANIEL, CUIT Nº 30-71512512-5, Codificador de Rentas Nº 85300-23, NIS Nº 1051697-01 – T1GEE – Serv. Gral. Estacional, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, declarando domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 628 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 37, Parcela 1p, fecha de alta 26 de noviembre de 2015, conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 751/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del 20 de enero de 2017, por quedar acreditado en forma fehaciente que desarrolló la actividad comercial, atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 751/16.

ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo  dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.