Boletines/Baradero
Ordenanza Nº 5920
Baradero, 23/12/2019
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-9398/19, Letra “C” mediante el cual la Sra. Castelucci Florencia representante del comercio denominado Sandwicheria y Cervecería Artesanal sito en calle San Martin 1301 solicita permiso para funcionar con un sanitario único y;
Considerando q que no cumple con lo estipulado en la Ordenanza Nº 1665-94;
Que en la mayoría de las capitales del mundo se han establecido en base a la igualdad de género, sanitarios comunes para ambos sexos funcionando sin ningún tipo de inconvenientes atento el adelanto cultural de la sociedad;
Que ante el profundo cambio cultural al cual estamos asistiendo en la Argentina en materia de género, y teniendo en cuenta la entrada en plena vigencia de la Ley Nº 26.743 de Identidad de género, proceso de transformación planteado por la legislación vigente, en ese sentido y el convencimiento de que las categorías varón / mujer, tal como han sido utilizadas desde el paradigma moderno heteronormado ya no alcanzan para dar cuenta de todas las identidades sexo genéricas disponibles en el espacio social. Desde esta perspectiva y en coherencia entre la teoría y la práctica, entre lo que se dice y lo que se hace, se toma esta medida, baños en forma indistinta para varones, mujeres y para lo que cada uno decida y quiera ser;
Por ello, tratado y aprobado sobre tablas, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Efectuase una excepción a la Ordenanza registrada bajo el Nº 1665-94 en su artículo 4º inciso 1 y 2, respecto Servicios Sanitarios, correspondiente al comercio rubro venta de Cerveza Artesana y Sandwichería propiedad de la Sra. Florencia Castelucci DNI 32.330.603, sito en calle San Martin 1301 de la ciudad de Baradero, autorizándose a la utilización de un solo baño.
Artículo 2º: Deberá colocarse en la entrada de acceso al baño la leyenda identificatoria pertinente.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 23 de diciembre de 2019.
FDO: Sra. Silvana N. Iozzia, PTE. HCD y Sr. Carlos A. Olmos, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de diciembre de 2019.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 5920.
FDO: Sr. Esteban Damián Sanzio, Intendente Municipal y Sr. Néstor Rodolfo Lacabanne.